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Comisión del INE declaró improcedentes quejas contra Zavala y AMLO

  Por Agencia Reforma

Publicado el viernes, 23 de diciembre del 2016 a las 16:41


Declaró improcedentes cuatro solicitudes para adoptar medidas cautelares

Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes cuatro solicitudes para adoptar medidas cautelares en contra de Margarita Zavala, Andrés Manuel López Obrador y el Gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle.

En sesión extraordinaria efectuada anoche, el órgano resolvió la queja que el PRI presentó en contra de Zavala por una supuesta campaña de posicionamiento como aspirante a la candidatura del PAN a la Presidencia de la República, fuera de los plazos legales, en violación al principio de equidad.

Por unanimidad, con el voto concurrente de la consejera Beatriz Galindo, se consideró que la participación de la panista en la organización “Yo con México”, y en la asociación civil “Dignificación Política”, no constituía un posicionamiento indebido o un acto anticipado de campaña que pudiera violar la equidad en la contienda, ya que se hace en el marco del objetivo de dichas organizaciones ciudadanas.

La consejera Galindo basó su postura apegándose al reciente criterio del Tribunal Electoral, en el que se estableció que respecto de actos futuros de realización incierta relacionados con el ejercicio de la libertad de expresión, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE carece de facultades para dictar tutela preventiva.

En relación con López Obrador, la Comisión determinó por mayoría, con el voto en contra de Galindo y el voto concurrente del consejero José Roberto Ruiz Saldaña, que es improcedente la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el PAN por la difusión del spot “Adultos mayores y jóvenes”, transmitido en radio y televisión, el cual, a juicio del quejoso, además de posicionar la imagen del líder de Morena, intenta colocar en el debate político propuestas de Gobierno que podrían clasificarse como actos anticipados de campaña.

Al respecto, se determinó que los promocionales pautados por los partidos políticos están amparados por la libertad de expresión, siempre y cuando se abstengan de atacar la moral, la vida privada o derechos de terceros, provocar algún delito, perturbar el orden público o calumniar a las personas.

El Gobernador Moreno Valle fue denunciado por una supuesta promoción personalizada a través del periódico “Sólo Ofertas”, lo que a juicio de un ciudadano que interpuso la queja podría constituir actos anticipados de campaña.

La Comisión, por unanimidad de votos de las consejeras electorales Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como de José Roberto Ruiz, consideró que la publicación de la imagen del Mandatario estatal, con menciones a supuestos logros de su Gobierno, del 11 al 17 de diciembre del año en curso, se trata de hechos consumados, pues actualmente ya no se encuentra disponible, por lo que resulta improcedente dictar la medida cautelar.

En un segundo caso, por votación unánime, este órgano determinó la improcedencia de adoptar medidas cautelares, solicitadas por un ciudadano, para que se ordenara al Gobernador se abstuviera de distraer recursos públicos para participar en conferencias, congresos, pláticas o cualquier otro evento público, al considerarlos una supuesta promoción personalizada.

Bajo la apariencia del buen derecho, la autoridad consideró que constituyen hechos consumados y que las pruebas aportadas no permiten establecer la utilización de recursos públicos por parte del Ejecutivo estatal de esa entidad, ni se configura, bajo una óptica preliminar, la supuesta comisión de actos anticipados de precampaña o campaña.

amg

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