LICENCIADA: 

Necesito saber sobre cómo puedo desaparecer del buró de crédito. Resulta que tenía un crédito de nómina y me fui de viaje, pero como tardé más tiempo del pensado y no hice el pago, me mandaron al área legal y me dijeron que podía tener una condonación y no la acepté.

Hablé al banco y me dijeron que podía recuperar sin problemas la deuda, pero que pagara el monto de los meses que debía y que en adelante sería como siempre los pagos quincenales, resulta que la cuenta está ya en ceros, pero quiero saber ¿en cuánto tiempo saldré de esa lista negra? Espero me puedas ayudar. Rodolfo

ESTIMADO RODOLFO:

En realidad no existe ninguna lista negra, sino que cualquiera que tenga o tuvo algún crédito, seguramente tendrá un historial registrado en el buró de crédito.

El reporte de crédito refleja el patrón de cumplimiento del consumidor en relación con cada crédito, ya sea que pague puntualmente o presente retrasos y el historial permanece en la base de datos durante 72 meses.

Respecto de ¿cuándo van a eliminar su nombre o registro del buró de crédito?, éste únicamente elimina registros de su base de datos cuando éstos tengan una antigüedad igual o mayor al que acabo de mencionar.

Y el plazo se considera a partir de que la institución otorgante de crédito haya reportado la fecha de cierre o a partir de la última vez que fue reportado al buró de crédito.

Por otro lado, la información referente a créditos vencidos, aquellos que tengan 90 o más días de incumplimiento en sus pagos, cuyo saldo sea inferior al equivalente a mil Udis, aproximadamente a 4 mil 430 pesos al día de hoy, se eliminan siempre y cuando hayan transcurrido 48 meses contados a partir de la fecha en que los créditos se encuentren cerrados, esto es, que por cualquier causa hayan dejado de existir derechos de cobro respecto de los créditos de que se trate o el buró de crédito hubiere dejado de recibir información sobre los mismos.

Como verá, la respuesta a su pregunta es simple, sólo el transcurso del tiempo eliminará el registro del incumplimiento en el que incurrió. Le agradezco por escribir.

RESPUESTA PARA MANOLO FLORES:

El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Éste podrá llevarse mediante los instrumentos y recursos de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectarlas con los documentos comprobatorios originales de las mismas.

El comerciante deberá conservar, debidamente archivados, los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y con el registro que de ellas se haga, y deberá conservarlos por un plazo mínimo de 10 años.

Cualquier duda o asunto legal, favor de dirigir su correspondencia a V. Carranza 5280, Col. Rancho de Peña o a .(JavaScript must be enabled to view this email address)

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