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Multa Profepa a Daimler México con 145.5 mdp

  Por Agencias

Publicado el domingo, 9 de julio del 2017 a las 16:05


Importó y comercializó vehículos sin obtener y contar previamente con el certificado NOM de cumplimiento ambiental

Ciudad de México.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) multó a Daimler Vehículos Comerciales México, S. de R.L. de C.V., con 145.5 millones de pesos, por importar y comercializar 22,826 vehículos nuevos modelos 2015 y 2016.

El pasado 1 y 2 de agosto de 2016 la Profepa llevó a cabo visita de inspección a la citada empresa, con el objeto de verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas en las NOM-042-SEMARNAT-2003 y NOM-079-SEMARNAT- 1994, en la que se establecen los límites máximos permisibles de emisiones provenientes del escape de los vehículos automotores nuevos y de ruido en planta, respectivamente, Normas Oficiales Mexicanas de cumplimiento obligatorio para los corporativos que comercializan vehículos automotores ligeros nuevos, cuyo peso bruto vehicular no excede los 3 857 kilogramos, como es el caso.

Aun cuando estos vehículos obtuvieron el certificado que avala el cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisiones y ruido, esta Procuraduría constató que, en incumplimiento a las disposiciones de estas normas ambientales, de enero de 2015 a julio de 2016, Daimler Vehículos Comerciales México, S. de R.L. de C.V., importó y comercializó en el territorio nacional 22,826 vehículos automotores nuevos sin haber obtenido 97 certificados de manera previa a la importación y comercialización, por lo que se emitió resolución administrativa en la que se impuso una sanción económica de $145,498,671.10.

La Profepa inspeccionará a toda la industria automotriz del país para asegurar que la misma cumpla con sus obligaciones ambientales, obteniendo su certificado NOM de cumplimiento ambiental de manera previa a la importación y/o comercialización de los vehículos que se comercializan en el territorio nacional, con el cual se asegura que éstos cumplan con los límites máximos permisibles de emisiones a la atmosfera y de ruido y, en su caso, impondrá las sanciones económicas correspondientes por el incumplimiento a la normatividad ambiental.

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