Internacional
Por AFP
Publicado el martes, 5 de septiembre del 2017 a las 13:05
Rumania.- La Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH) se pronunció este martes en contra de una empresa que despidió a uno de sus empleados en Rumanía por haber escrito correos personales desde la mensajería profesional, un fallo crucial para determinar los límites de la privacidad en el lugar del trabajo.
El tribunal europeo se había pronunciado en contra del demandante en un primer fallo en enero 2016, pero el empleado solicitó que se reexaminara su caso, lo que el tribunal aceptó.
El demandante, Bogdan Mihai Barbulescu, denunciaba que su jefe espió sus comunicaciones, violando su derecho al respeto de su vida privada y de su correspondencia, protegidos por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.
Los jueces de la Gran Cámara, la instancia suprema de la CEDH, le dieron la razón.
En una decisión adoptada por 11 votos a favor y 6 en contra, el tribunal estimó que las autoridades nacionales rumanas, que avalaron su despido, “no protegieron correctamente” sus derechos al respeto de su vida privada y de su correspondencia.
Los jueces estimaron también que las autoridades nacionales no buscaron un “equilibrio justo” entre los intereses en juego en este caso, es decir, los derechos de Barbulescu al respeto de su vida privada, por una parte, y el derecho de su empresa de tomar medidas para asegurar el buen funcionamiento de la empresa, por otra parte.
Esta decisión era muy esperada, “ya que hoy todos vivimos conectados” y la separación entre la vida privada y la profesional es cada vez más delgada, señalaron fuentes de la institución.
La decisión de la Gran Cámara sentará jurisprudencia para los 47 miembros del Consejo de Europa.
Responde además a las peticiones de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y del gobierno francés de establecer un marco más claro sobre el control del uso de internet en las empresas.
Medidas graduales
La intervención de la CEDH había sido solicitada por Bogdan Mihai Barbulescu, un ingeniero rumano de 38 años, que fue despedido en 2007.
Su jefe había constatado que había utilizado la mensajería de la empresa con fines personales, incumpliendo el reglamento interno.
La justicia rumana se había pronunciado a favor de la empresa, estimando que su jefe tuvo un comportamiento razonable y que leer las comunicaciones de Barbulescu era la única manera para establecer que hubo una infracción disciplinaria.
El empleado rumano solicitó entonces su intervención a la CEDH, que se pronunció en 2016 en contra del solicitante, estimando que una empresa puede revisar el contenido de las comunicaciones de sus empleados en el marco de un procedimiento disciplinario.
En este nuevo fallo, los jueces de la CEDH se interesaron más en detalle por el margen de maniobra de las empresas a la hora de controlar el uso de internet de sus empleados.
El tribunal estimó que Barbulescu “no fue informado del tipo y de la magnitud del control efectuado por su jefe ni de la posibilidad de que este último tenga acceso al contenido de sus mensajes”.
Dijeron además que los tribunales rumanos “no determinaron qué motivos específicos justificaron las medidas de control” y no se pronunciaron sobre “la posibilidad de la empresa de usar otras medidas que se entrometan menos en la vida privada y la correspondencia de Barbulescu”.
La Confederación Europea de Sindicatos (CES) había estimado que el despido de Barbulescu era una medida desproporcionada y exigía medidas graduales en estos casos, comenzando con una advertencia verbal.
Los despidos, estimaban, deben ser la sanción en caso de infracciones repetidas o en caso de violación grave del uso de internet empresarial.
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