México.- El acoso y hostigamiento sexual es un delito que padecen las mujeres del estado de México y muchas otras entidades del país. En el Edomex, esta falta puede alcanzar un castigo de hasta dos años de prisión.

En el Código Penal Federal, el hostigamiento sexual se encuentra tipificado en el artículo 259 Bis y dice que éste se refiere al comportamiento lascivo de una persona de cualquier sexo, que aprovecha de su posición jerárquica en un ambiente laboral, docente, doméstica u otra actividad que implique subordinación.

Este delito conlleva daños en la víctima tanto en su autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad, además de que impide el desarrollo y atenta contra la igualdad. Por otra parte, el artículo 13 del mismo documento legal, define al acoso sexual como una forma de ejercer un abuso que lleva a a la víctima a un estado de indefensión y de riesgo, tanto emocional y físico en uno o varios eventos.

Por ello, el Código Penal, en el libro cuarto en el capítulo 1 que se refiere al Acoso sexual, en su artículo 269, dice que: Al que con fines de lujuria asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otra que implique jerarquía, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión o de treinta a ciento veinte días multa.

Con información del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), da a conocer algunas medidas de prevención y control del acoso sexual.

1.-
Cuando los indicios de acoso están comenzando en su área de trabajo, inicie por dirigirse con palabras hacia la persona que la o lo está ofendiendo y dígale que su comportamiento le está ofendiendo y que desea que deje de hacerlo.

2.- Antes de cualquier acusación, por ningún motivo se sienta culpable, ya que el acoso es un delito y usted es la víctima.

3.- Acuda de inmediato a busque la ayuda a la primera provocación, pida a poyo a alguna instancia encargada de dar seguimiento a los casos de hostigamiento sexual, ya que cuentan con personal especializado para resolver estos casos.

4.- Procure hacer un diario de todo lo que le va pasando en el día, anote la fecha, hora y lugar del incidente, incluya lo que la persona le dijo, lo que sucedió y si existen testigos. 5.- Es importante que consiga testigos que hayan estado presenten o sepan de la conducta de la persona acosadora

6.-
Indague si otras personas han sido víctimas de la misma persona que lo o la ha hostigado o acosado.

7.- Procure en medida de lo posible, no quedar a solas con la persona hostigadora, ni a la hora de la salida se vaya sola, ande siempre acompañada (o).

8.-
Es necesario que compile todas las pruebas necesarias para acusar al hostigador, es decir, guarde regalos, tarjetas, mensajes, fotografías o cualquier otro elemento que sirva como prueba del acoso.

9.- Si el acoso se agrava día con día, debe acudir a las autoridades de la empresa o de la escuela, diríjase con el representante sindical, el director de la empresa, y si es estudiante, hable con el director.

10.-
Si el acoso u hostigamiento se da en el transporte público, a la brevedad acuda a alguno de los elementos de seguridad para que sepan de la situación y si es posible, aprehendan al agresor.

11.- en necesario que denuncie el acoso con el empleador (a), pues su empresa debe contar con reglas estipuladas contra el acoso sexual y seguir un procedimiento para registrar una queja, si no es así, acuda a la Secretaría del Trabajo del estado de México o a la instancia de INMUJERES.


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