En el Código Penal Federal, el hostigamiento sexual se encuentra tipificado en el artículo 259 Bis y dice que éste se refiere al comportamiento lascivo de una persona de cualquier sexo, que aprovecha de su posición jerárquica en un ambiente laboral, docente, doméstica u otra actividad que implique subordinación.
Este delito conlleva daños en la víctima tanto en su autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad, además de que impide el desarrollo y atenta contra la igualdad. Por otra parte, el artículo 13 del mismo documento legal, define al acoso sexual como una forma de ejercer un abuso que lleva a a la víctima a un estado de indefensión y de riesgo, tanto emocional y físico en uno o varios eventos.
Por ello, el Código Penal, en el libro cuarto en el capítulo 1 que se refiere al Acoso sexual, en su artículo 269, dice que: Al que con fines de lujuria asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otra que implique jerarquía, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión o de treinta a ciento veinte días multa.
Con información del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), da a conocer algunas medidas de prevención y control del acoso sexual.
1.- Cuando los indicios de acoso están comenzando en su área de trabajo, inicie por dirigirse con palabras hacia la persona que la o lo está ofendiendo y dígale que su comportamiento le está ofendiendo y que desea que deje de hacerlo.
2.- Antes de cualquier acusación, por ningún motivo se sienta culpable, ya que el acoso es un delito y usted es la víctima.
3.- Acuda de inmediato a busque la ayuda a la primera provocación, pida a poyo a alguna instancia encargada de dar seguimiento a los casos de hostigamiento sexual, ya que cuentan con personal especializado para resolver estos casos.
4.- Procure hacer un diario de todo lo que le va pasando en el día, anote la fecha, hora y lugar del incidente, incluya lo que la persona le dijo, lo que sucedió y si existen testigos. 5.- Es importante que consiga testigos que hayan estado presenten o sepan de la conducta de la persona acosadora
6.- Indague si otras personas han sido víctimas de la misma persona que lo o la ha hostigado o acosado.
7.- Procure en medida de lo posible, no quedar a solas con la persona hostigadora, ni a la hora de la salida se vaya sola, ande siempre acompañada (o).
8.- Es necesario que compile todas las pruebas necesarias para acusar al hostigador, es decir, guarde regalos, tarjetas, mensajes, fotografías o cualquier otro elemento que sirva como prueba del acoso.
9.- Si el acoso se agrava día con día, debe acudir a las autoridades de la empresa o de la escuela, diríjase con el representante sindical, el director de la empresa, y si es estudiante, hable con el director.
10.- Si el acoso u hostigamiento se da en el transporte público, a la brevedad acuda a alguno de los elementos de seguridad para que sepan de la situación y si es posible, aprehendan al agresor.
11.- en necesario que denuncie el acoso con el empleador (a), pues su empresa debe contar con reglas estipuladas contra el acoso sexual y seguir un procedimiento para registrar una queja, si no es así, acuda a la Secretaría del Trabajo del estado de México o a la instancia de INMUJERES.
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