La disposición legal que regula la labor del Poder Legislativo subraya que a los diputados faltistas se les disminuirá el sueldo; si las faltas son consecutivas por tres ocasiones, se le llamará al suplente, quien terminará el periodo ordinario de sesiones.
La Ley Orgánica fue aprobada por unanimidad este martes en la sesión del Congreso del Estado.
El ordenamiento puntualiza que el fuero constitucional de los legisladores ya no opera como ahora y si los diputados se ven involucrados en algún proceso de tipo legal derivado de actos independientes de su labor dentro del Congreso del Estado, tendrán que enfrentar la justicia.
“Los diputados son responsables por los delitos que cometan durante el tiempo de su encargo y por los delitos, faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de ese mismo cargo, pero no podrán ser detenidos ni ejercitarse en su contra la acción penal hasta que, seguido el procedimiento correspondiente, se decida la separación del cargo y la sujeción a la acción de los tribunales comunes”, puntualiza el artículo 21 del ordenamiento.
| Comparte ese artículo: |
|



