Nacional
Por Excélsior
Publicado el jueves, 27 de abril del 2017 a las 21:41
Ciudad de México.- Al cierre del periodo ordinaria de sesiones, las comisiones unidas de Justicia, de Derechos Humanos, de Gobernación y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron por unanimidad la Ley General de Desaparición Forzada y Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Con esta ley, se busca implementar acciones de prevención, investigación, persecución y criterios para sancionar este delito y brindar protección y asistencia a los familiares y testigos.
El proyecto de ley avanza rumbo al pleno de la cámara alta, con modificaciones hechas en las comisiones.
“Incurre en el delito de desaparición cometida por particulares quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero. A quien cometa este delito se le impondrá pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa”, se establece en la legislación.
Se agrega, además, que la Comisión Ejecutiva o a la Comisión de Víctimas podrá otorgar las medidas de asistencia necesarias a los familiares durante el procedimiento, incluido el gasto que se genere con motivo del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Víctimas y demás normativa aplicable.
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