Al respecto, el Visitador General de Programas Especiales de dicho organismo, Víctor Leopoldo Delgado Pérez, expuso que en varios sentidos, esta nueva Ley garantiza la protección de las personas afectadas por el secuestro, pues del beneficio económico, el nuevo ordenamiento establece apoyo a las víctimas y testigos de cargo, que ahora podrán estar presentes en salas distintas al inculpado cuando se presenten ante el juez.
Explicó que es positivo contemplar mejores mecanismos para que los afectados requieran al juez que al dictar sentencias condenatorias se repare el daño, en tanto, por cuanto hace a la procuración de justicia, es positivo que a las procuradurías se les obligue a crear y operar unidades especializadas para la investigación de estas conductas, cuyo integrantes deben cumplir toda una serie de requisitos, como capacitación y actualización.
Cabe destacar que estas unidades podrán solicitar se les brinde atención médica a las víctimas, asesorar a los familiares en las negociaciones, recibir denuncias, utilizar las técnicas de investigación previstas en la Lye y sistematizar la información obtenida para liberar a la víctima.
En paralelo, el también responsable del Programa de Atención a Víctimas del Delito de la Codhem, manifestó no se vulneran los derechos humanos de aquellos que en su momento vayan a ser sentenciados con la nueva Ley, pues en el tratamiento preliberacional o la remisión parcial de la pena, el Código Penal Federal en su artículo 85 contempla que no se concedan estos beneficios en caso del delito de secuestro.
Delgado Pérez también recordó que la Codhem, por medio de la Visitaduría General de Programas Especiales, cuenta con el Programa de Atención a Víctimas del Delito, que opera también para los afectados por el secuestro, que si bien es cierto es un delito federal, la Defensoría de Habitantes también puede contribuir y dar un apoyo psicológico breve y emergente a los afectados, así como asesoría, orientación y acompañamiento ante la PGJ.
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