Coahuila
Por Agencias
Publicado el sábado, 19 de agosto del 2017 a las 09:05
Torreón, Coahuila.- El Instituto Municipal de la Mujer (IMM), en coordinación con la Secretaría de las Mujeres, buscará que el acoso callejero sea sancionado, por lo que toda persona que lance improperios podrá hacerse acreedora a sanciones que irán desde una amonestación económica, hasta cárcel.
Una de las muestras más comunes del acoso callejero son los llamados piropos, por lo que con esta iniciativa las mujeres estarán en posición de denunciar a quien dé muestras de “afecto” no solicitadas en la vía pública.
Dulce Pereda Esquerra, directora del IMM, dio a conocer que como parte del programa Ciudades y Espacios Públicos Seguros para Mujeres y Niñas, que aplica el Ayuntamiento, se trabaja en la armonización de los reglamentos con perspectiva de género con apoyo del despacho de Equis Justicia para las Mujeres y ONU Mujeres.
“Ellas nos están ayudando a hacer toda la modificación de reglamentos para poder empezar a establecer dónde pueden denunciar, cuál es el tipo de violencia sexual callejera, dónde se tipifica el acoso”, explicó.
Una vez que se termine la armonización, comenzará con la capacitación a cuerpos de seguridad y funcionarios para socializar las nuevas disposiciones, faltas o delitos.
Señaló que para finales de septiembre se espera comenzar una campaña intensiva con la empresa Walter Thompson, que hizo la publicidad para la prevención y reducción de acoso sexual, así como de otras formas de violencia sexual en el transporte de la Ciudad de México.
“Tenemos que desnaturalizar este concepto del acoso callejero y la violencia sexual en espacios públicos; existe una naturalización de este tipo de actos en donde te chistan y crees que es normal, o te enseñan sus partes íntimas, o te rozan en el transporte o te tocan y tampoco es normal, se le tiene que quitar la naturalización que le hemos dado por cultura”. (Con información de El Siglo de Torreón)
Delito
» El Código Penal de Coahuila ya cuenta con la figura de acoso sexual en su Artículo 399 Bis.
» El artículo señala que “se aplicará de uno a cinco años de prisión y multa a quien con fines lascivos o erótico-sexuales, ya sea de manera directa, a través de medios informáticos, audiovisuales, virtuales o de cualquier otra forma, asedie o acose a una persona o le solicite favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero”.
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