Nacional
Por Agencias
Publicado el viernes, 25 de noviembre del 2016 a las 23:42
Ciudad de México.- Un tribunal federal cerró hoy la puerta en forma definitiva a la petición de Javier Duarte de congelar la orden de aprehensión librada en su contra, al ponderar que la suspensión de su captura causaría un perjuicio de mayor gravedad al interés social.
El Octavo Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México declaró hoy infundada una queja presentada por el Gobernador con licencia de Veracruz, contra Juan Mateo Brieba, Juez Sexto de Distrito en Amparo Penal, que dijo que podía ser detenido sin juicio de desafuero.
“Dada la circunstancia de que el quejoso se encuentra separado del cargo (por virtud de la licencia que él mismo solicitó) y lo estará hasta la muy próxima fecha en que concluye el período para el que fue votado, si con la medida suspensional se evitara la ejecución del acto privativo de libertad reclamado, en caso de estar relacionado con delitos de prisión preventiva oficiosa, es claro que la afectación al interés social sería desproporcionada y de mayor gravedad”, dice la resolución.
El 18 de noviembre el juez Brieba otorgó una suspensión provisional a Duarte que no lo protege de ser detenido, pues estimó que el fuero no lo protege y que el juicio de procedencia en el Congreso de la Unión sólo sirve para convalidar el proceso penal instaurado en su contra.
La defensa de Duarte impugnó esa suspensión ante el tribunal colegiado, alegando que el juez había relacionado en forma equivocada el concepto de fuero con la amnistía.
El proyecto de sentencia en el colegiado fue elaborado por la magistrada Taissia Cruz Parcero, quien concluyó que no podía ser suspendida la aprehensión por delitos que ameritan prisión preventiva.
Sin embargo, consideró como valor supremo al interés social y no los argumentos del juez Brieba, con los cuales dijo no estar de acuerdo.
“Si bien no se comparte el método de análisis ni los argumentos que el juez de Distrito expuso, pues debió sujetarse a lo que para tal efecto establece el numeral 138 (de la Ley de Amparo), especialmente si el quejoso alegaba tener un buen derecho (fuero constitucional), para no ser privado de la libertad por las autoridades, lo cierto es que su conclusión, como ya se expuso, se considera correcta”, señala.
La magistrada dice que tiene razón Duarte al reclamar que el juez valoró al fuero como una amnistía, pues el primero es una inmunidad relativa y temporal que protege a las personas sólo por el tiempo en que ejercen el cargo público, mientras que la amnistía es una causa de extinción de la acción penal definitiva.
Pero también toma en cuenta el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a que el fuero no es permanente y que sólo está vigente para aquellos servidores públicos que desempeñan el cargo, lo que no ocurre con Duarte.
En los 5 días que le restan a su sexenio, Duarte ya no podrá suspender la orden que fue librada en su contra por lavado de dinero y delincuencia organizada, este último un delito con prisión preventiva de oficio que le impedirá llevar un eventual proceso en libertad. Jorge Antonio Medina Gaona, Juez Décimo Primero de Distrito en Amparo Penal de esta ciudad, admitió a trámite el amparo 1038/2016 del gobernador, con argumentos similares a los que planteó la semana pasada al Juzgado Sexto en la misma materia.
Medina negó la suspensión provisional solicitada, en virtud de que el delito de delincuencia organizada por el cual se libró la orden de aprehensión tiene prevista la prisión preventiva y, por tanto, los mandatos de captura por dicho ilícito no pueden ser congelados.
El juzgador también señaló que, al gozar de licencia como gobernador de Veracruz, Duarte no cuenta con fuero constitucional y por ello las autoridades podrían cumplimentar la orden de aprehensión que tiene vigente.
…Y le niegan suspensión en segundo amparo
Al tramitar un segundo amparo, un juez federal también negó a Javier Duarte la suspensión de la orden de aprehensión porque el delito de delincuencia organizada que le imputan amerita prisión preventiva, además de que no cuenta con fuero por estar de licencia.
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