San José.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) notificó este martes la primer sentencia contra Brasil por crímenes cometidos durante la dictadura militar, por la desaparición de por lo menos 70 personas consideradas como militantes de una guerrilla entre 1972 y 1975.

El organismo interamericano también catalogó que la ley de amnistía brasileña, bajo la cual han permanecido impunes graves violaciones a los derechos humanos, es "incompatible con la Convención Interamericana" y carece de efectos jurídicos y no puede seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos del presente y otros casos.

"La Corte Interamericana determinó que las víctimas fueron desaparecidas por agentes del estado, la sentencia establece que Brasil violó el derecho a la justicia... (en virtud de que está vigente una) Ley de Amnistía brasileña que permitió la impunidad durante más de 30 años", según un comunicado del Centro por la Justicia Internacional, que fue una de las organizaciones que actuó en representación de las víctimas.

La resolución de la Corte determinó que "la negativa del estado de más de tres décadas de garantizar el derecho a la verdad a familiares de desaparecidos, la Corte Interamericana determinó que en virtud del sufrimiento causado a los mismos, el estado es culpable de su tortura sicológica".

Cejil informó que entre las medidas de reparación dictadas por la Corte están "la obligación de investigar los hechos, la obligación de realizar acto público de reconocimiento de su responsabilidad y el desarrollo de iniciativas en la búsqueda y continuidad de la localización de restos mortales de los desaparecidos".

Los desaparecidos fueron miembros del Partido Comunista de Brasil y campesinos, en un intento de exterminar el movimiento denominada Guerrilla de Araguaia. El caso se conoció la CorteIDH como Gomes Lund y otros.

Cejil, la Comisión de Familiares de Muertos y Desaparecidos Políticos de Sao Paulo y el Grupo Tortura Nunca Más de Río de Janeiro, estimaron en un comunicado que "la sentencia de la Corte en el caso Gomes Lund y otros es paradigmática porque permite reconstruir la memoria histórica, reconocer la verdad y reconstruir la justicia con nuevos parámetros y prácticas democráticas".

De momento ninguna autoridad de Brasil se pronunció sobre el fallo.

La directora del programa de Cejil en Brasil, Beatriz Affonso, expresó su esperanza que "la administración de (la futura presidenta) Dilma Roussef demuestre que los gobiernos democráticos no pueden cerrar los ojos a los crímenes del pasado y se empeñe en saldar la deuda histórica del país".

Paralelamente, la Corte también culpó al estado de Panamá por la privación de libertad de Jesús Tranquilino Vélez, inmigrante ecuatoriano en situación irregular que en el 2002 fue encarcelado, torturado y sufrió tratos degradantes.

Dentro de las reparaciones, la entidad ordenó "medidas de rehabilitación que deben tomar en cuenta la expectativa de la víctima y su condición de extranjero". El tratamiento médico y psicológico se deberá realizar fuera de Panamá.

Añadió que "el estado debe emprender con seriedad todas las acciones necesarias con el fin de individualizar, juzgar y sancionar a todos los autores y partícipes de los hechos denunciados".

En cuanto a daños materiales, debe cancelar 5 mil dólares a la víctima por concepto de reembolso de gastos.
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