México.- Para evitar que los procedimientos de contratación entre el gobierno federal y los proveedores sean más complejos y complicados, se ha dado prioridad a la buena fe en la firma de contratos, afirmó la Secretaría de la Función Pública (SFP).

En entrevista con EL UNIVERSAL, el director general adjunto de Inconformidades de la SFP, Rogelio Aldaz, explicó que ante la presentación de datos falsos u omisiones por parte de las empresas, generalmente esto se traduce en la rescisión de contrato, y la entidad o dependencia convocante puede cobrar daños.

Dijo que en 2009 la SFP obtuvo confirmación de 87% de los asuntos que llegaron a tribunales, el resto obtiene sólo la posibilidad de seguir firmando contratos con el gobierno, sin que haya indemnización.

-¿Por qué antes de firmar un contrato no se detectan irregularidades de alguna empresa?

-Como las entidades convocantes no son la autoridad fiscal, parten de la buena fe de las empresas, de lo que expresan en esa manifestación, esperando que sea apegado a la verdad; hacerlo de otra manera sería hacer más complejo y complicados los procedimientos de contratación pública.

-Parece más difícil tramitar como particular un crédito bancario…

-No, no creo que sea más laxo. En muchos de los casos se trata de multas que siguen en litigio y no quedan firmes hasta después de un tiempo, porque además las empresas frecuentemente impugnan las multas y demás determinaciones de créditos fiscales. Habrá que ver que los créditos fiscales dependen de la información que tenga el SAT y no de las áreas convocantes o dependencias.

-Como ejemplo…

-La Secretaría de Hacienda puede determinar un crédito fiscal a una empresa, la cual acude a un juicio de impugnación, que puede ser de nulidad, el amparo o lo contencioso; hasta que no se resuelva, los créditos fiscales quedan firmes. Durante ese inter, que se dice fácil pero que es un periodo de años, no se puede considerar que una empresa está incumpliendo con sus obligaciones, por eso es que a veces puede participar en los procedimientos de contratación pública.

-¿Qué sigue después de una inhabilitación, ¿se mantiene el contrato?

-Aquí es importante partir de lo siguiente: las inhabilitaciones que siempre van acompañadas de una multa, son sanciones que tienen efectos hacia el futuro, es decir, a una empresa se le puede sancionar por una conducta irregular en determinada licitación, pero la sanción tiene efectos hacia el futuro. El objetivo de las sanciones es un medio represivo y no resarcitorio.

-¿Cuál es el objeto de la sanción?

-Que esa empresa que incurrió o que incumplió en determinadas irregularidades ya no pueda seguir contratando con el gobierno.

¿Qué sigue a una inhabilitación?

La empresa tendrá ese periodo fuera del sistema de contrataciones públicas hasta en tanto pase el tiempo que fue inhabilitada y pague la multa correspondiente.

-¿Pero se reactiva el contrato?

-Ahí los efectos que pueda tener este tipo de conductas respecto del contrato, generalmente se traducen en las rescisiones de contrato. Cuando una empresa no entrega la totalidad de los bienes, o la calidad con que fue requerida u otras hipótesis, se traduce en la rescisión, y la entidad (dependencia) convocante puede cobrar daños, perjuicios y demás.

-Cuando el gobierno pierde en tribunales alguna inhabilitación, ¿hay compensación a la empresa?

-Realmente no la hay. Aquí debo comentar una cuestión: generalmente cuando las empresas impugnan las sanciones que impone la SFP, los tribunales otorgan la suspensión. Con esto la empresa puede continuar participando en los procedimientos de contratación pública.

-Solamente se quita la sanción…

-Al final, a la empresa no se le causa ningún perjuicio, porque si el tribunal determina al final que la sanción estuvo bien impuesta, pues entonces lo que se hace es que a partir de ese momento comienza a computarse el periodo de la inhabilitación y se hace efectivo el cobro de la multa.

-¿Cuántos casos ha perdido la SFP?

-Hay un alto índice de litigios. Las empresas, y particularmente aquellas que su negocio principal son las ventas al gobierno, lo que hacen es impugnar ese tipo de sanciones... En 2009, de los asuntos que se resolvieron en tribunales, la SFP obtuvo confirmación en 87% de los asuntos.
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