Al respecto, Gerardo Alfonso Morales, contador público, dijo que este procedimiento lo vienen realizando los departamentos administrativos de cada empresa a través de sus contadores, quienes llevan una relación más detallada y específica de los movimientos financieros que se presentaron durante el año.
Algunos puntos relevantes en cuanto a qué solicita el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se declare, son el estado de posición financiera al 31 de diciembre, estado de resultados y más que nada los ingresos y egresos del ejercicio concluido.
Puntualizó que en el caso de las empresas morales tienen hasta el último de marzo para hacer su declaración y las personas físicas hasta el último de abril, y al pasarse de esos plazos las empresas podrían ser sujetas a sanciones por el mismo SAT.
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