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En julio entra en vigor nueva factura electrónica

Por Notimex

Publicado el martes, 13 de junio del 2017 a las 14:40


A partir del próximo 1 de julio entrará en vigor la nueva versión 3.3 de la factura electrónica

Ciudad de México.- A partir del próximo 1 de julio entrará en vigor la nueva versión 3.3 de la factura electrónica, con el propósito de mejorar el control tributario, resolver las incidencias del modelo actual de facturación y simplificar el cumplimiento fiscal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que los principales cambios en esta versión son: el Timbre Fiscal Digital, el CBB (Código de Barras bi-dimensional), se ajusta el proceso de impresión, la encriptación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), nacen dos nuevos comprobantes, CFDI pagos y CFDI Nómina, entre otros.

Mediante su portal de Internet detalla que el cambio en la estructura de la factura evita la duplicidad de ingresos en facturación de parcialidades, así como mayor detalle y control.

Además de simplificar el proceso de emisión de la misma y conciliación de pagos, incentivar la automatización de los procesos de los contribuyentes y de la autoridad fiscal, eliminar las declaraciones informativas múltiple y de operaciones con terceros (DIM, DIOT).

El organismo precisa que se podrán emitir facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre; y a partir del 1 de diciembre, la única versión válida para emitir las facturas será la versión 3.3.

Asimismo, algunos beneficios que implicarán mayor efectividad para la autoridad al realizar auditorías son el diseño de modelos de riesgo más consistentes e implementar acciones contra la corrupción y evasión. Ello, a través de la detección de prácticas indebidas en la emisión y cancelación de facturas.

Para la implementación de la nueva versión de la factura es indispensable que tanto la autoridad como las empresas trabajen de manera interdisciplinaria, con coordinación de áreas fiscales, de operación del negocio e informáticas.

Los comprobantes fiscales deben emitirse por los actos o actividades que se realicen, por los ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen los contribuyentes ya sean personas físicas o morales.

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