Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Tele Zócalo Matutino / 25 de abril de 2024 Estafa Grupo Peak 800 mdp; operaban en 19 estados, incluido Coahuila Existen 27 zonas de exterminio en La Laguna; fueron ubicadas por familiares de víctimas EP Exigen a Texas humanizar paso por la frontera Presenta Norma Treviño propuestas ante Notarios

Zócalo

|

|

Información

En Sonora aprueban reelección de alcaldes y diputados

Por Agencias

Publicado el viernes, 28 de abril del 2017 a las 00:48


El dictamen contiene diversas modificaciones a la Carta Magna de Sonora en temas electorales

Hermosillo.- El Congreso del estado aprobó hoy reformas a la Constitución Política de Sonora en materia electoral, las cuales permitirán la reelección de alcaldes y diputados en los próximos comicios de 2018.

Por votación unánime en lo general y mayoritaria en lo particular, se aprobó el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, el cual contiene diversas modificaciones a la Carta Magna de Sonora en temas electorales.

El documento establece que el Poder Legislativo de Sonora ha realizado las modificaciones necesarias para que en el estado pueda reelegir a los integrantes de los ayuntamientos por un periodo adicional.

Asimismo, para que los diputados locales por el principio de mayoría relativa sean reelectos hasta por tres oportunidades más, lo cual podrá suceder a partir del próximo proceso electoral que inicia en septiembre y concluye con la elección de 2018.

El dictamen aprobado por mayoría en lo general y con el voto en contra de la bancada del PAN en lo particular, contiene reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora para tipificar y penalizar la violencia de género.

A través de la reforma se otorga facultad al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEyPC) para para realizar las acciones que prevengan y sancionen dicha conducta.

Otra reforma constitucional aprobada en la sesión ordinaria de este día es el establecimiento, por parte del Tribunal Estatal Electoral, de los juicios orales sancionadores en materia electoral en los términos que establezca la ley.

Además, que las y los candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa deberán tener vecindad y residencia efectiva dentro del distrito electoral correspondiente, de cuando menos dos años anteriores al día de la elección.

Notas Relacionadas

Más sobre esta sección Más en