Lo anterior de acuerdo con el Código Penal del Estado, donde en el Artículo 238 Bis señala que se aplicará prisión de un mes a tres años y multa a quien por cualquier medio, sin importar el material o instrumento que utilice y sin consentimiento de quien pueda darlo conforme a la ley, pinte, grabe, tiña, o imprima palabras, dibujos, símbolos, manchones o figuras a un bien mueble o inmueble.
Pese a lo anterior, la ley no contempla este delito como grave; pero sí amonesta de forma enérgica a los padres o tutores.
Sin embargo, en caso de reincidir, esta ley podría ponerse en práctica.
Cabe destacar que los 10 menores detenidos sólo fueron remitidos a las autoridades correspondientes para que éstas fueran quienes dictaran la sanción correspondiente, la cual consistió tan sólo en la reparación de los daños ocasionados.
| Comparte ese artículo: |
|



