Antonio Towns Izaguirre, subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social, afirmó que el descuento se aplicará directamente en el pago, y la mayoría de los patrones se podrán beneficiar de él, siempre y cuando no tengan adeudos en sus cuotas.
Sin embargo, si tienen adeudos, pueden acudir a la Subdelegación a realizar convenios de pago, y al realizar el primer pago derivado del convenio, pueden beneficiarse del decreto.
Esto es para disminuir la carga financiera a las empresas por concepto de las cuotas de los cuatro seguros IMSS (enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales, y riesgos de trabajo).
En particular, un requisito es que no tengan créditos fiscales firmes a favor del IMSS. Pero se excluye en el Decreto a los derivados de las cédulas de diferencias; es decir, sólo se consideran créditos fiscales firmes los originados por actos de fiscalización, capitales constitutivos o incorrecta determinación anual de la prima del seguro de riesgos de trabajo. Los patrones que tengan adeudos en sus pagos, pueden acceder a convenio de pago, autorizado en parcialidades con el descuento del 20 %.
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