Saltillo.- Iniciaron las precampañas para elegir gobernador y, de acuerdo con el Código Electoral, queda prohibida la colocación de propaganda que altere el entorno o elementos naturales del paisaje urbano, rural y la fisionomía de los centros de población.

La propaganda no podrá colgarse, pegarse o colocarse en elementos del equipamiento urbano para evitar la contaminación visual, esto en atención a una demanda ciudadana.

Por equipamiento urbano se entenderá los arbotantes, postes de alumbrado público, de servicios de telefonía, semáforos, árboles y cualquier otro elemento similar.

Además, en las oficinas, edificios y locales ocupados por la administración y los poderes públicos, así como en los destinados al culto religioso, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda electoral de ningún tipo, salvo cuando se trate de los locales públicos concedidos para ese fin y exclusivamente por el tiempo de duración del acto de campaña.

El Artículo 156 refiere que el IEPC podrá retirar la propaganda colocada en lugares prohibidos y el costo de los trabajos se descontará de las prerrogativas del partido político responsable.

El Artículo 155 establece que en la propaganda que realicen los partidos y candidatos deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas.

Asimismo, al término de las precampañas los partidos y precandidatos tendrán 15 días naturales para retirar toda la propaganda que hayan colocado, de lo contrario el IEPC procederá a retirarla con cargo a las prerrogativas de los institutos políticos.



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