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Nueva ley ‘alineará’ a concesionarios y choferes

Por Ernesto Acosta

Publicado el martes, 17 de octubre del 2017 a las 19:38


Por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable

Saltillo, Coah- Por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable, que reordena el servicio de transporte público y establece reglas para su prestación entre particulares, en la modalidad de tipo Uber.

De igual manera, precisa la obligación de los concesionarios y permisionarios, que deben afiliar a sus operadores al IMSS y otorgarles las prestaciones laborales conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, con salario, vacaciones y aguinaldo, y su incumplimiento se sancionará con revocación de la concesión o permiso.

El nuevo ordenamiento, enviado por el gobernador Rubén Moreira Valdez, contempló propuestas de diputados locales y transportistas.

Así, el 10% de los asientos serán exclusivos para discapacitados, embarazadas y personas de la tercera edad; los concesionarios proporcionarán capacitación permanente a los operadores y los someterán a exámenes de conocimiento, aptitud, pericia, médicos y toxicológicos, para garantizar la seguridad y eficiencia en la prestación del servicio.

Los operadores deberán ser incorporados al Registro Público de Transporte, con datos del Registro Federal de Contribuyentes, número de IMSS y declaración del Impuesto Sobre Nóminas, entre otros datos.

El documento contempla las bases para establecer el Servicio de Transporte Masivo de Pasajeros, que operará en zonas metropolitanas, intermunicipales y urbanas con camiones con capacidad para 90 pasajeros, cuyos precios se incrementarán conforme a la inflación, incremento salarial, precios de insumos, refacciones y combustible.

También se creará el Servicio Metropolitano de Transporte, el Servicio Público de Transporte, el Servicio de Transporte Colectivo Suburbano y el Servicio de Transporte Colectivo Intermunicipal de Pasajeros, que operarán en zonas metropolitanas, conurbadas y rurales.

De igual manera, se ofrecerá el Servicio Especializado de Transporte de Personas con Discapacidad, mediante vehículos especiales para el ingreso de personas en silla de ruedas, y el Servicio de Transporte Ejecutivo, con unidades de hasta 20 pasajeros.

Asimismo, se regula el Servicio Especializado de Transporte Escolar, cuyos operadores deberán acreditar capacitación adecuada para el trato a menores de edad y para prestar primeros auxilios; cada asiento deberá contar con cinturón de seguridad y deberán contar con salida de emergencia en la parte trasera y, según la dimensión, en las partes laterales y el toldo.

Además, los concesionarios serán solidarios responsables con sus conductores por los daños que causen en la prestación del servicio.

De igual manera, se establecerá la tarifa diurna en el horario de las 05:00 a las 23:00 horas y nocturna, en horario de las 23:01 a las 04:59 horas, que aumentará 20% respecto a la diurna.

En tanto, en tarifa preferencial se incluyen a los menores de 12 años, además de estudiantes, discapacitados y adultos mayores.

Ley de Transporte y Movilidad Sustentable incluye un apartado para regular a las empresas tipo Uber que proporcionan el servicio de taxis, lo que incluye controles de revisión y capacitación para los operadores.

Deberán contar con póliza de seguros por responsabilidad civil por daños, lesiones o muerte de usuarios y terceros; además, aportarán el 1.5% del cobro por cada viaje al fondo para el auto de alquiler, la movilidad y el peatón. No podrán cobrar en efectivo ni hacer “base”, únicamente cobrarán con tarjeta.

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