Negocios
Por Infonor
Publicado el jueves, 29 de julio del 2010 a las 14:05
Sabinas, Coah.- Hasta el día de ayer se habían firmado ante el Seguro Social 18 convenios de pago de cuotas obrero-patronales, informó el subdelegado del Instituto en la Región Carbonífera, Ramón José Héctor García Gutiérrez.
En sesión ordinaria del H. Consejo Técnico del IMSS, se emitió un acuerdo mediante el cual el IMSS concede el pago en plazos de las cuotas obrero-patronales al sector empresarial de los municipios de estados afectados por el huracán “Alex”, como fueron Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, y que fue publicado el 23 de julio de 2010 en el Diario Oficial de la Federación.
El funcionario señaló que aquellos que ya contaban con el beneficio del decreto de pago en parcialidades para el mes de junio, celebrado con anterioridad ante el instituto, y que no tengan para pagar las mensualidades de junio y julio, podrán notificarlo durante esta semana: “el pago podrán hacerlo en agosto sin recargos, y al ser diferido no se tomará en cuenta como inoportuno”, aclaró.
Subrayó que, al realizar convenios para junio y julio y en el supuesto de que deje de pagar total o parcialmente dos o más parcialidades, se da por terminado el convenio por incumplimiento del clausulado.
Respecto al Seguro Social, agregó que se concede el pago a plazos diferidos o en parcialidades de las cuotas obrero-patronales de junio y julio del presente año, cuyo pago en el primer caso se debió haber efectuado oportunamente el pasado 19 de julio.
“El 10% restante se pagará estos días; lo que respecta a julio hasta el 17 el agosto como pago oportuno, podrán solicitarse para los períodos seis y siete del convenio de pago en parcialidades, y en el caso de julio se firmaría un convenio de pago diferido o no exigible porque aún no termina el mes”, abundó.
Lo anterior no aplica para la rama de retención por cesantía y vejez, porque el pago bimestral es dinero de los trabajadores, y se aloja en las cuentas individuales del Afore según haya elegido el trabajador.
En caso de solicitud de autorización para pagos parciales de lo anterior, se dispensará el otorgamiento de garantía del interés fiscal por parte del patrón que solicite convenios, y sujetos a que se levanten actas de embargo, por lo tanto los gastos de ejecución tampoco serán exigibles.
“Ello, siempre y cuando su solicitud sea presentada por escrito a más tardar el 31 de julio, que al ser sábado el período se ampliará hasta el 2 de agosto, en respeto al citado decreto”, aseveró.
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