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Por Redacción
Publicado el domingo, 17 de septiembre del 2017 a las 08:00
Ernesto Acosta | Luis Durón | Saltillo, Coah.- Todo el personal de la Fiscalía General –antes PGJE– tiene prohibido entrar a las cantinas, prostíbulos, negocios de apuestas y sitios análogos, dentro y fuera del horario de trabajo, a menos que lo hagan en cumplimiento del deber.
Tampoco pueden utilizar un lenguaje soez, altisonante u obsceno, ni llevar a cabo actos arbitrarios, ni tampoco limitar indebidamente las acciones y manifestaciones que en ejercicio de sus derechos constitucionales y con carácter pacífico realice la población, y están impedidos para ejercer funciones de su empleo después de haber sido cesados o suspendidos.
Además se les prohíbe solicitar o aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente; recibir dádivas, préstamos o regalos por la prestación u omisión de sus servicios y cualquier otro acto de corrupción.
Les dan una paliza a 2
Dos ministeriales que andaban de parranda fueron golpeados por un grupo de sujetos en el exterior del bar Chachos. De acuerdo con testigos, uno de los policías sacó un arma de fuego del interior de la camioneta Durango en la que viajaban y la accionó en varias ocasiones al aire para ahuyentar a sus enemigos, que escaparon.
Buscan rectitud en personal de Fiscalía Tiene prohibido consumir sustancias sicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, y presentarse a laborar en estado de ebriedad, con aliento alcohólico o bajo los efectos de drogas o estupefacientes, son otras prohibiciones.
De igual manera, obtener toda clase de percepciones provenientes, directa o indirectamente de alguna de las partes, de sus representantes o intermediarios, en asuntos de la Fiscalía General; obtener o tratar de obtener, por el desempeño de su función, beneficios adicionales a las prestaciones que le sean cubiertas con cargo al erario.
Asimismo, beneficiar o perjudicar a cualquiera persona por razones de género, preferencia sexual, de prejuicios religiosos, morales o de cualquier otro tipo.
El personal de la Fiscalía General –antes PGJE– aplica ya algunas prohibiciones a su personal, contempladas en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado, en el apartado de disposiciones generales.
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