También avalaron establecer que los recursos excedentes de la vivienda puedan invertirse, mientras se otorgan los créditos, en los valores que determine el Consejo de Administración del Instituto, siempre y cuando se garantice en todo momento que el Infonavit contará con los recursos requeridos para atender las necesidades de vivienda de los trabajadores.
Entre los senadores que rechazaron esta reforma están los perredistas Graco Ramírez y Pablo Gómez, quien cuestionó que los recursos para vivienda sean “entregados a los tiburones financieros de México”, en un esquema similar —expuso— al de las Afores.
El Senado aprobó con 75 votos a favor y 12 en contra, con lo que se concluyó el trámite legislativo, y fue turnado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
De acuerdo con una proyección preliminar de los legisladores, se estima que en el corto plazo se regresarán alrededor de 18 mil millones de pesos a un millón de trabajadores que hasta el momento no solicitaron su crédito de Infonavit.
El presidente de la Comisión de Vivienda, Ricardo Fidel Pacheco (PRI), detalló que con esta reforma se busca zanjar la problemática generada por el artículo octavo transitorio del decreto de 1997, para entregar a los trabajadores al momento de su retiro, y en una sola exhibición, los recursos de la subcuenta de vivienda. Detalló que la apertura para un segundo crédito se hará en “circunstancias específicas”, como cambiarse de casa o mejorarla, apoyada en los esquemas de coparticipación de entidades financieras.
Pacheco Rodríguez indicó que esta reforma permitirá evitar demandas de los trabajadores actualmente jubilados que piden se les entregue su subcuenta de vivienda por no haber solicitado nunca un crédito al instituto.
El senador del PRD, Pablo Gómez Álvarez, señaló que su partido no cuestiona que se regrese a los trabajadores el dinero de sus cuentas, sino que “terceros administren los fondos de vivienda”, en un esquema similar al de las Afores.
Por ello, anticipó que buscará las firmas necesarias para iniciar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad.
| Comparte ese artículo: |
|



