BUEN DÍA … HAY EXCELENTES noticias para los trabajadores retirados que nunca en su vida laboral hicieron uso del crédito en el INFONAVIT pero que tampoco recuperaron sus aportaciones y quienes han intentado el reembolso a través de maratónicos litigios en los tribunales federales del trabajo.

EN CONVERSACIÓN CON EL DIPUTADO federal MELCHOR SANCHEZ DE LA FUENTE, éste nos informó que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó puntos interesantes como por ejemplo reformas a los artículos 43, 44 y 47 de la LEY DEL INFONAVIT que permitirá la devolución del ahorro al trabajador que no haya ejercido su crédito para vivienda.

SE ESTIMA QUE LAS REFORMAS beneficiarán a más de un millón de trabajadores retirados desde 1997, pero ahora podrán recuperar sus ahorros una vez que ahora el Senado diga la última palabra avalando a la Cámara de Diputados.

SE MODIFICA TAMBIÉN EL OCTAVO TRANSITORIO del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Infonavit para los trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997 para quedar así: “LOS TRABAJADORES QUE SE BENEFICIEN bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar la pensión que en términos de dicha ley les corresponda, recibirán en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado”, añade el diputado MELCHOR SÁNCHEZ.

“LOS FONDOS ACUMULADOS EN LA subcuenta de vivienda a partir del cuarto bimestre de 1997 y sus rendimientos serán entregados en una sola exhibición en los mismos términos y condiciones a los establecidos en el párrafo anterior”, agrega.

“EN EL CASO DE LOS trabajadores que con anterioridad a la entrada en vigor de dicho artículo, hayan demandado la entrega de las aportaciones a que se refiere el párrafo anterior y que hubieren obtenido resolución firme a su favor que aún no haya sido ejecutoriada o cuyo juicio aún se encuentre en trámite y se desistan del mismo, dichas aportaciones y sus rendimientos, generados hasta el momento de su traspaso al Gobierno Federal, les deberán ser entregadas en una sola exhibición”.

“EN EL CASO DE LOS trabajadores que se hayan beneficiado del régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 durante el periodo que va del primero de julio de 1997 a la fecha en la que entre en vigor el presente artículo, incluyendo aquellos que hayan demandado la entrega de los recursos y hayan recibido resolución en su contra, deberán ser identificados
y recibir los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda a partir del cuarto bimestre de 1997 y sus rendimientos, en un máximo de dieciocho meses”.

“LA ENTREGA A LOS TRABAJADORES de los fondos a que se refiere este artículo deberá realizarse a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; para efectos del párrafo tercero y cuarto de este artículo transitorio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregará al instituto los recursos correspondientes.”

“LOS DERECHOHABIENTES QUE RECIBAN Y liquiden su crédito de vivienda podrían acceder a otro para cambiar el inmueble adquirido, o bien, para remodelar o ampliar dicha vivienda; para ello podrán disponer únicamente de los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda y la proyección de aportaciones subsecuentes”.

CAMBIANDO DE TEMA, EN UN seccional de la colonia INDEPENDENCIA DE CASTAÑOS también hubo chanchullo en la consulta interna del PRI celebrada el domingo y eso permitió a ROSA MANCILLA ser “electa” Consejera Municipal al obtener 560 votos, pese a que únicamente había ¡400 BOLETAS DISPONIBLES!, lo cual afectó las aspiraciones de MARCO ULISES CHÁVEZ, quien realmente tenía el respaldo de la gente y vecinos del sector.

HASTA MAÑANA

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