Le doy de antemano las gracias por su ayuda.
Tengo un amigo que tiene 16 años y dentro de un mes cumplirá un año de antigüedad dentro de la empresa, ahora le están restringiendo las 45 horas que solía trabajar, con el pretexto de que la ley estipula que él solamente debe trabajar seis horas diarias.
La razón por la que están utilizando esta táctica es porque consideran que no les es eficiente en el área donde labora y desean que se marche voluntariamente, en otras palabras lo están presionando para que se salga.
Para ello le están dando a firmar un oficio para que otorgue su consentimiento ¿es correcto esto? Espero su amable respuesta. Luis Hernández.
ESTIMADO LUIS:
El derecho del trabajo trata de igualar las condiciones económicas y sociales de los trabajadores frente a los empleadores, por lo que en el ámbito del derecho de los menores, lo esencial es que se pretende protegerlos y evitar su explotación.
Por tal motivo, la Ley Federal del Trabajo, respecto a las limitaciones del derecho al trabajo en razón de la edad sólo prohíbe la utilización del trabajo de los menores de 14 años y de los mayores de esta edad y menores de 16 que no hayan terminado su educación obligatoria, salvo los casos de excepción que apruebe la autoridad correspondiente.
Con base en lo anterior es inexacta la aplicación que los empleadores de su amigo pretenden realizar, simplemente porque, tal como usted comenta, él ha cumplido ya 16 años, por lo que puede prestar libremente sus servicios.
Las únicas excepciones a lo anterior serían que se tratara de servicios que se deban prestar fuera de la República, salvo que se trate de técnico o profesional especializado, artistas o deportistas o trabajos nocturnos industriales, que están expresamente prohibidos para los menores de 18 años.
Si el patrón insiste en reducir el tiempo de labores, el empleado tiene el derecho de rescindir el contrato de trabajo, independientemente de que lo tenga por escrito o no, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, asimismo, que se le indemnice con el importe de tres meses de salario y el pago de prestaciones como vacaciones, días festivos y salarios que tenga pendientes por cubrir.
Como antes hemos comentado, la protección legal sobre el trabajo infantil es aceptable, pero también es necesaria la inspección, ya que la falta de ésta, así como de la información, facilita los abusos en contra del trabajador.
RESPUESTA PARA GERARDO:
Los patrones tienen la obligación de proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquéllos no se hayan comprometido a usar herramienta propia.
Mientras que el empleador no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo.
Muchas gracias a los lectores por su comprensión, ya que debido a la demanda de asesorías requiero en ocasiones resumir los casos y publicar más de una respuesta. Continúo a sus órdenes.
Cualquier duda o asunto legal, favor de dirigir su correspondencia a V. Carranza 5280, Col. Rancho de Peña o a .(JavaScript must be enabled to view this email address)
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Periférico Luis Echeverría 360 Pte., Col. República Ote.
Teléfonos: 430-8512 y 430-8518
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Buenos días, me da gusto encontrar una sección de esta naturaleza, ya que beneficia a las personas que de alguna manera tewnemos dudas en algunos aspectos laborales Felicidades.
Mi caso es de que tengo un año y dos meses laborando para una escuela particular en el estado de campeche y presenté mi renuncia en dos ocasiones y no me la aceptaron la última fue hace ocho días y me dijeron que no querían que me fuera y me ofrecieron otra área para trab, pero como la nuera de la dueña no me quiere ahi, y yo manejo todo lo que es efectivo, inventario y demás que signifique dinero, y he visto como despiden a los empleados cuando no los quieren yo hice un pago a una empresa por $ 800.00 y después de 3 días según la persona no le pagué y me dicen que fue a cobrar cuando yo falté al tercer día de ahi se agarraron para que yo firme mi finiquito por $ 1,800.00 pesos y no lo hice me dijeron que hiban a hacer válida mi renuncia de hace ocho días me fui a la defensoria del trabajo y me dijron que ya no tiene efecto puesto que no me la aceptaron y seguí laborando para ellos, pero además trabajaba 11 horas diarias sin horas extras y días festivos sin pagos dobles, vacaciones y me dieron de alta al I.M.S.S. hasta los 8 meses de estar laborando que puedo hacer para que me liquiden conforme a ley ya fui a la defensoría del trabajao y los citaron y me dijeron que me tienen que liquidar conforma a Ley.
Espero su respuesta agradeciendo de antemano.
Karla
mi pregunta es la siguiente tengo una amiga que la van a despedir del empleo porque segun el jefe indica que despues que salga tiene que irse del estacionamiento. ella estaba en el estacionamento pero el no le pregunto el porque ella estaba alli. la razon que ella estaba alli fue porque se le exploto una llanta {goma) del carro y tenia que ir a un taller que la repararan y regreso al estacionamiento cuando regreso pues ahi fue que el jefe lla vio y le indico que pasara por recursos humanos para su liquidacion. al mismo tiempo hacerle un reporte el no le ha dado la oportunidad de explicarle. puede el despedirla sin excucharla? es legar si o no? y que puede hacer tiene dos niñas que mantener. gracias por su ayuda