Mi duda es la siguiente, aunque la problemática es simple, me parece que es bastante común en esta ciudad, el caso es como sigue: mi vecino decidió construir una rampa para su cochera, pero obstruye la cuneta y se forma un charco de agua sucia enfrente de mi domicilio, además de acumularse arena, basura y demás arrastres del agua, cabe mencionar que ya he intentado hablar con él, mas no está dispuesto a retirarla.
Entiendo que mi asunto es una molestia para mí, pero no es de gran trascendencia para el Municipio, y quisiera saber si es posible interponer una demanda o hacer forzosa la liberación del cordón cuneta para que fluya el agua.
Un saludo y agradezco su atención y respuesta. Vecino molesto
ESTIMADO VECINO MOLESTO:
El Municipio, como máxima autoridad, tiene a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones sobre esta materia, y podría adoptar y ejecutar las medidas de seguridad como el retiro del bloqueo del agua y determinar las infracciones e imponer las sanciones administrativas que correspondan.
Según la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, a quienes realicen la clausura de una vía pública, sin contar con la autorización correspondiente, se les aplicará una sanción, por lo que se debe investigar si para la obra de construcción existe o existió licencia expedida por el Ayuntamiento.
Si esto no funciona, sí existe la posibilidad de demandar con base en las relaciones de vecindad, que son el conjunto de derechos correspondientes a las personas, en cuanto a su condición de vecinos, para hacer valer y respetar sus intereses personales o patrimoniales frente a la actuación de otros colindantes, en cuanto alteren, perjudiquen o imposibiliten el mantenimiento de una buena vecindad.
Es decir, el derecho de vecindad es el límite que surge por el solo hecho de la vecindad y su vecino quedará obligado a ejercer las acciones que procedan para impedir que, por el mal uso de la propiedad, se perjudique la seguridad, el sosiego o la salud de los que habitan el predio, por lo que si existen daños, los ofendidos tendrían la acción para exigir la reparación.
Debe quedar claro que independientemente de la responsabilidad administrativa en que puede incurrir su vecino, usted podrá exigir la responsabilidad civil sólo si acredita los daños y perjuicios que se le hayan causado, por lo que debe analizar la conveniencia de iniciar el trámite.
Aprovecho como cada año este espacio para desearles la más feliz de las navidades, que la celebración originalmente religiosa sea una fiesta de fraterna convivencia entre familiares y amigos, y que siembre en cada uno de nosotros el deseo por procurar siempre la justicia, para vivir en mayor paz y armonía. Feliz Navidad para todos.
Para cualquier duda o asunto legal, favor de dirigir su correspondencia a V. Carranza 5280, Col. Rancho de Peña o a .(JavaScript must be enabled to view this email address)
DEFENSORÍA JURÍDICA INTEGRAL
Periférico Luis Echeverría Álvarez 356, Col. República Norte
Teléfonos: 430-8405 y 430-8465
DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA MUNICIPAL
Calle 16 de Septiembre s/n., Col. Centenario
Teléfono: 414-4929 http://www.saltillo.gob.mx
| Comparte ese artículo: |
|



