LICENCIADA:

Hace un año me separé de mi esposa, tenemos dos hijos de 3 y 4 años y estamos casados bajo sociedad conyugal, cuando estuvimos juntos compré un terreno donde construimos nuestra casa y lo puse a nombre de ella.

Hace unos días me enteré de que ya vendió sin consultarme, y me pidió que fuera a firmar las escrituras del nuevo dueño, pero por supuesto me negué si no recibo por lo menos 50% de lo que se pague por la propiedad, pero ella sigue con los trámites y se niega a pagarme.

Mi pregunta es ¿puede vender y escriturar sin mi consentimiento?

Agradezco su atención y orientación. ROBERTO CARDOSO.

ESTIMADO ROBERTO:

Si la casa en la que se establece el hogar conyugal constituye o no el patrimonio de familia, y es bien propio de uno de los cónyuges, o pertenece a ambos en copropiedad, o forma parte de la sociedad conyugal, no puede enajenarse sino con el consentimiento de los dos consortes.

Y es que en todo acto de compra o venta, constitución de gravámenes o cualquier otro de administración o de dominio que afecte a los bienes de la sociedad conyugal, los consortes deberán probar la existencia de su matrimonio y de su sociedad conyugal.

Por lo que usted puede simplemente negarse a que se realice la compraventa y si aun así el negocio es realizado sin su consentimiento, aquél será absolutamente nulo.

Aunque esto no sucedería automáticamente, por lo que usted o cualquier interesado podrían presentar una demanda ante el juez civil que corresponda ya que la nulidad absoluta no impide que el negocio jurídico produzca provisionalmente sus efectos, aunque serán destruidos retroactivamente cuando se pronuncie por el juez la nulidad, es decir, la compraventa quedaría sin efecto.

Y aunque no fuera su intención que su esposa quede expuesta a la posibilidad de que sea denunciada penalmente por el comprador, independientemente de la destrucción retroactiva de los efectos provisionalmente producidos por el negocio anulado, las partes que lo celebraron quedan sujetas a la responsabilidad derivada de actos ilícitos.

No se preocupe, su cónyuge no puede actuar fuera de la ley, por más intenciones que tenga en conseguirlo, así que quizá baste con hacérselo saber a su esposa y ella entonces desista de su propósito, de otra manera usted deberá actuar en consecuencia. Le deseo suerte y le agradezco su mensaje.

Para cualquier duda o asunto legal, favor de dirigir su correspondencia a V. Carranza 5280, Col. Rancho de Peña, o a .(JavaScript must be enabled to view this email address)

DEFENSORÍA JURÍDICA INTEGRAL
Periférico Luis Echeverría Álvarez 356, Col. República Norte
Teléfonos: 430-8405 y 430-8465

REGISTRO PÚBLICO COAHUILA
Libramiento Óscar Flores Tapia Km 1.5, Saltillo, Coah
Teléfonos: (844) 986-1214, 986-1215 y 986-1216
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