“LO ANTERIOR PORQUE CON LA modificación aprobada en la Cámara de Senadores y de Diputados sobre la modificación al artículo Octavo Transitorio del decreto por el que se reforma la Ley del INFONAVIT, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997, ahora resulta que todos los integrantes de la actual Legislatura del Congreso de la Unión, más los diputados federales, fueron los que impulsaron la iniciativa”.
“ESTO LOGRARÁ QUE LOS RECURSOS de la subcuenta de vivienda acumulados desde julio de 1997 a la fecha, sean entregados sin necesidad de promover alguna demanda ante las autoridades competentes a los trabajadores al momento de ser pensionados y que no hayan hecho uso de esos recursos, es decir, que no hayan sido favorecidos por un crédito habitacional proporcionado por el INFONAVIT”, agrega.
“DEBE SER DEL CONOCIMIENTO DE la clase trabajadora, de la ralea de holgazanes que nos representan y que por mandato constitucional nos defienden en el Congreso de la Unión; para que se den una idea sobre el asunto, en sesión de fecha 23 de septiembre de 2005, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el Amparo en Revisión 1027/2005 declara que el artículo Octavo Transitorio de la Ley del INFONAVIT viola la Garantía de Previa Audiencia y por lo tanto es inconstitucional”.
“SIENDO LA SESIÓN DE FECHA 3 de marzo de 2006 cuando la precipitada Segunda Sala declara con carácter de jurisprudencia que el mencionado artículo transitorio es inconstitucional, lo que es lo mismo, es la nada jurídica, y hasta el 8 de noviembre de 2007 la diputada Rocío Morgan Franco del grupo parlamentario del PAN de la Legislatura LX propone por primera vez mediante una iniciativa de ley, la modificación al artículo Octavo Transitorio”.
“LO ANTERIOR PARA QUE SE les entreguen los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda 1997 con sus respectivos rendimientos a la clase trabajadora por la vía administrativa, al momento de obtener una pensión; continuando por iniciativas presentadas, primero por Ejecutivo Federal en fecha 10 de febrero de 2009; después la diputada Laura Itzel Castillo del PT el 8 de septiembre de 2009; el 7 de octubre de 2010 por la diputada por el PRI, Laura Felícitas García Dávila; posteriormente, el diputado Luis Carlos Campos Villegas y Leobardo Soto Martínez, ambos del PRI el 15 de diciembre de 2010”.
“SIGUIENDO CON EL TEMA, EL 10 de marzo de 2011, el diputado José Manuel Agüero Tovar del PRI; después el 17 de marzo de 2011 el diputado del PRI, Leobardo Soto Martínez nuevamente presenta iniciativa sobre el tema, y ahora nuevamente la diputada Laura Itzel Castillo del PRI el 23 de marzo de 2011 presenta nueva propuesta de iniciativa de reforma al artículo Octavo Transitorio”.
“AHORA LE TOCA AL DIPUTADO José Óscar Aguilar González del PRI el 29 de abril de 2011, siguiendo Telma Guajardo Villarreal y Juanita Cruz Cruz del PRD el 1 de junio de 2011 por fin se ocupan del tema, y finalmente fueron los diputados Leobardo Soto Martínez, José Ramón Martell López, Felipe Enríquez Hernández, José Óscar Aguilar”.
Cambiando de tema, esperando que sigan disfrutando en armonía este Nuevo Año estaremos con ustedes nuevamente el próximo martes, hasta pronto y FELIZ 2012.
HASTA MAÑANA.
.(JavaScript must be enabled to view this email address)
| Comparte ese artículo: |
|



