Estaba checando en Internet y vi en una página que usted me puede orientar.
Resulta que tengo un hijo de 3 años. Su papá se fue porque apareció otra mujer, se envolvió en un robo en su trabajo y desde hace aproximadamente nueve meses no me da dinero para el niño.
Yo trabajo y no le falta nada, pero no quiero que tenga el apellido de su papá, ya que desde que apareció la otra persona se olvidó de mi hijo, no va ni para quedarse con él un rato, luego quiere ir a la casa como si nada hubiera pasado y que lo atienda, pero no me da nada.
Estuvimos en unión libre y ahora sé que se quiere casar o ir a vivir con la otra persona, que aparte tiene dos hijos, entonces creo que es mejor que mi hijo quedé sólo como mío, no con un padre irresponsable.
Por favor, si me ayuda, dígame qué puedo hacer. Gracias MARTHA López. Le escribo desde Oaxaca.
ESTIMADA MARTHA:
El reconocimiento de un hijo es declarativo de filiación, no está sujeto a modalidades y es irrevocable, por lo que sólo podrá impugnarse por el hijo y por quién tenga interés legítimo.
Es decir, la legitimación consiste en tener o no derechos afectados por el conflicto que se plantea, lo que en su caso no existe, ya que el vínculo biológico padre-hijo existe y por ese motivo usted no podría demandar un desconocimiento de paternidad, por decirlo de alguna manera.
Por otro lado, lo que sí es factible y viable es que usted demande la pérdida de la patria potestad, que son los derechos que puede ejercer en este momento el padre del niño sobre él, y sus argumentos en ese juicio serán el abandono de los deberes, tales como la falta de proporcionarle alimentos, que directamente compromete su salud y bienestar.
Necesariamente tendrá que aportar los elementos necesarios para probarle al juez que el progenitor abandonó sus obligaciones como padre y comprometió su salud y su seguridad. Las pruebas pueden ser testigos, la confesión del propio padre, documentos, fotos, peritajes, etcétera.
Le adelanto, con el proceso que le acabo de describir no se privará al menor del apellido del padre, ya que tiene derecho a llevarlo, lo que sucederá es que éste no tendrá los derechos que la patria potestad, pero no se extinguen los deberes que la misma impone, por lo que a pesar de todo seguirá obligado a pagar la pensión alimenticia, por lo menos.
Lo anterior redundará siempre en beneficio del menor, más aún a mediano y largo plazos, así que esto que a usted en este momento le molesta, será una ventaja para su hijo en el transcurso de su vida, así que afortunadamente no lo puede privar de él. Él siempre será su hijo por sentimientos, el padre biológico lo está perdiendo. Gracias por escribir y un saludo a la gente de Oaxaca.
Para cualquier duda o asunto legal, favor de dirigir su correspondencia a V. Carranza 5280, Col. Rancho de Peña o a .(JavaScript must be enabled to view this email address)
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