De acuerdo a ésta, la compañía violó el artículo 123 de la Constitución al crear empresas de servicios denominadas outsourcing para evadir derechos de sus trabajadores, entre ellos el reparto de utilidades, además de diversas prestaciones.
Las firmas asumen la contratación de los empleados, por más que éstos laboran para el conglomerado.
Concretamente, el dardo lanzado por Ángel Alvarado Agüero, quien laboró 17 años en varias filiales de la multinacional, siendo despedido por supuestas violaciones a su código de ética, apuntaba a la empresa Servicios Integrales de Administración y Alta Gerencia, que actúa como tercería, pese a trabajar exclusivamente para el grupo The Coca Cola Company, lo que altera la figura del outsourcing.
Declarada la nulidad del juicio laboral plantado con el número 342/08 el seis de abril del año pasado por la Junta Especial Décimo Sexta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, el denunciante solicitó en primer instancia un amparo ante el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito, que le fue negado.
Inconforme, Alvarado Agüero interpuso un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien se declaró incompetente, por más que envió el expediente a la Segunda Sala, turnándole la responsabilidad de elaborar un proyecto de resolución al ministro Sergio Valls.
De entrada, éste avaló el argumento del demandante en el sentido de que el reclamo de Alvarado Agüero de exigir a las empresas The Coca Cola Export Corporation (USA) y The Coca Cola Export Corporation el pago completo de lo que le correspondía por reparto de utilidades no procede, al no haber laborado para cada una de éstas.
Más allá, se rechazó el argumento del demandante en el sentido de que el Tribunal Colegiado que atendió el asunto realizó una interpretación incorrecta del artículo 111 de la Constitución.
Adicionalmente, la resolución aprobada por unanimidad de cinco ministros señala que es improcedente la solicitud del reclamante de fijar como arquetipo el caso para poner en la mesa el tema del outsourcing, dado que en ningún momento el tribunal colegiado que atendió la solicitud de amparo habló sobre inconstitucionalidad de una norma, tratado internacional o reglamento.
La puntilla para Alvarado Agüero llegó cuando los ministros desestimaron una serie de agravios planteados por el denunciante, al considerar que “no pueden ser motivo de la presente instancia por disposición expresa del artículo 107 de la Constitución”.
Lo curioso del caso es que el reclamo de atraer el recurso de revisión por parte de la Suprema Corte lo había avalado el propio presidente de ésta, lo que según la sentencia no era obstáculo para declarar infundada la petición del demandante, toda vez que la aceptación del asunto no es definitiva ni causa estado, pues deriva de un examen preliminar. Total, que ganó Coca Cola. Sin embargo, el round no es el último, toda vez que se han planteado otras querellas ante diversos tribunales laborales, en tanto se busca una ruta para llegar a Estados Unidos.
El escándalo, pues, sigue vivo.
El asunto cobró especial relevancia al considerársele emblemático de la relación establecida entre las empresas outsourcing y los grandes corporativos. De hecho, en su momento se discutió en tribuna de la Cámara de Diputados y se llegó incluso a plantear un punto de acuerdo para exigir a la autoridad, justo, el no darle carpetazo.
Más aún, diversos despachos de abogados laborales estudiaron el caso como emblemático de lo que podría ser en su momento una bandera para una cascada similar.
Y si le seguimos, el asunto se recogió como parte de una película realizada por Germán Gutiérrez y Carmen García, cuyo título es simple: “The Coca Cola Case”.
Digamos que la Suprema Corte perdió la oportunidad de plantear una resolución que permitiera claridad en el asunto: Hasta dónde se vale la posibilidad del outsourcing, y si es legal crear este tipo de empresas por la simple tentación de bajar salarios, cancelar prestaciones y eludir obligaciones de la ley.
Lástima.
Balance General
La semana pasada finalmente el Comité de Auscultación para el proceso electoral del Consejo Coordinador Empresarial abrió la primera etapa de éste, es decir la posibilidad de que los 70 consejeros que integran el pleno presenten candidatos para suceder en la presidencia del organismo a Armando Paredes.
Recopiladas las propuestas, se integrará una terna con los más señalados, de la que el Comité Ejecutivo, es decir los presidentes de los organismos cúpula, decidirá quién ocupa la silla.
Por lo pronto, existe una larga, larga lista de posibles en la que caben el para entonces ex presidente del grupo Alfa, Dionisio Garza Medina; el presidente del Banco Santander-México, Carlos Gómez y Gómez, por más que los banqueros también candidatean al presidente ejecutivo de Santander, Marcos Martínez, y al director general de IXE, Enrique Castillo Sánchez Mejorada.
Adicionalmente, las empresas de seguros traen como gallos a Ignacio Gil Antón y Rolando Vega, en tanto la Concanaco peleará por sus ex presidentes Mario Sánchez y Raúl Padilla, aún cuando este último estaría vetado tras haber alcanzado una curul en la Cámara de Diputados bajo la bandera panista.
La Concamin insiste en que repita en el cargo Héctor Larios Santillán.
Lo cierto es que el factotum sigue siendo el Consejo Mexicano de Hombres de Negocios.
Hacienda no quiere
El jueves pasado, ante el tortuguismo con que se ha manejado la iniciativa en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, el senador Juan Bueno Torio presentó un punto de acuerdo para exigir la aprobación de su propuesta de reforma al artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que impediría gravar las pensiones de quienes perciben montos superiores a nueve salarios mínimos, es decir unos 17 mil pesos mensuales.
La premisa es simple; los impuestos ya los pagó el trabajador al enterar sus aportaciones para el retiro al Seguro Social o al ISSSTE.
El caso es que la Secretaría de Hacienda está aferrada a no dejar pasar la iniciativa, alegando que las pensiones se nutren con recursos frescos aportados por el gobierno.
El problema, ¡válgame Dios! es que éste se gastó las reservas en tarugadas, es decir equipos de futbol, fábricas de bicicletas…, lo que nada tiene que ver con los jubilados.
Que paguen, pues, los platos rotos quienes los rompieron.
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y todo lo que se robaron la bola de ratas