El pasado 15 de septiembre, mientras los mexicanos celebrábamos el día del grito de independencia, la presidenta Sheinbaum nos recetaba unas propuestas de reformas a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que, sin duda, sólo buscan restringir las libertades de los ciudadanos.
Dicha propuesta, en resumidas cuentas, modificará la definición del concepto de Interés Legítimo, contemplada en el artículo 5 de la Ley de Amparo, lo que significa que no cualquiera podrá quejarse; cambiará la garantía de la suspensión del acto reclamado, que significa que aunque estes sufriendo un abuso de autoridad, este no será detenido hasta que demuestres que tienes la razón, a criterio de los nuevos jueces; pero principalmente establece que nada, ni nadie, podrá impedir ni suspender las acciones del Estado.
Hasta hoy, el Juicio de amparo es el único recurso legal que sirve como un medio de protección de derechos humanos ante los tribunales, y funciona como un control constitucional, para asegurar que cualquier persona pueda acudir a un juez y este revise cualquier acto de autoridad (como una ley o una acción gubernamental) que pudiera resultar violatoria a los derechos humanos; es decir, el amparo, hasta hoy, es el procedimiento legal que permite reconstruir el tejido social deteriorado por los excesos de poder y por las disparidades sociales.
Así pues, con estos cambios a la Ley de amparo, la presidenta Sheinbaum únicamente busca reforzar la decisión de los tribunales y hacerlos menos sensibles ante este juicio de garantías, para facilitarles conceder siempre la razón al mismo Gobierno, aunque sus decisiones sean violatorias de derechos humanos; tal cual se demuestra con la posibilidad de negar la suspensión del acto reclamado, que era la principal prestación de este procedimiento, ya que obligaba al juez a detener temporalmente el acto de autoridad impugnado, al menos hasta que se resolvía el fondo del asunto para bien de cualquiera de las partes. Con dicha medida se evitaba seguir causando daño al ciudadano al punto de volverlo irreparable.
De igual forma, esta nueva propuesta, dificulta más a los ciudadanos acceder a este juicio de garantías, al modificar la definición del concepto de Interés Legítimo contemplada en el artículo 5 de la actual Ley, complicando que el ciudadano pueda interponer oponerse en asuntos como afectaciones al medio ambiente o uso de recursos públicos realizados por el Estado, ya que según el interés legítimo no le causa una lesión directa al gobernado, lo que le impedirá quejarse.
En el tiempo del expresidente López Obrador, se dieron constantes suspensiones a políticas gubernamentales concedidas por medio de juicios de amparo, lo que obligó al Gobierno a escuchar a grupos ambientalistas que se oponían a la continuidad de obras como el Tren Maya o el Aeropuerto Felipe Ángeles, y que evitaron la construcción de varios tramos de la obra, por no contar con las autorizaciones del Impacto Ambiental.
En resumen, la propuesta de reforma a la Ley de amparo, en realidad es sólo una bofetada a los ciudadanos para permitir que las autoridades hagan y deshagan a su antojo, ya que lo único que logra es blindar los abusos del poder y volverlos intocables, el desamparo total.
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