Nacional

Publicado el lunes, 19 de enero del 2015 a las 00:03
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reiteró que podrían perder el derecho a competir en las elecciones aquellos aspirantes que participen en actos anticipados de campaña.
La sanción aplica para todos los casos en los que los precandidatos y candidatos incurran en la situación que contempla la ley, recordó la máxima autoridad electoral a unos días de haber iniciado el periodo para registrar precandidaturas a los distintos puestos de elección popular en los partidos políticos.
Mediante un comunicado de prensa, el TEPJF detalló que el criterio descrito se originó cuando los magistrados interpretaron la legislación electoral del Estado de México en septiembre de 2014.
En esa ocasión se estableció que con el fin de mantener el equilibrio democrático en la contienda electoral, la conducta reprochada —actos anticipados de campaña— es atribuible a todo ciudadano que busca la postulación.
“De tal manera que dirigentes, candidatos y precandidatos tienen el carácter de sujetos activos en la realización de actos anticipados de campaña y serán destinatarios de las consecuencias de la infracción a la norma”, apuntó el comunicado.
Se informó que el criterio jurídico se fundamenta en la interpretación de los artículos 152, párrafos del primero al tercero y 355 fracción III, inciso a), del Código Electoral de dicha entidad.
Cabe precisar que la jurisprudencia fue aprobada por mayoría de votos durante la sesión pública del 29 de septiembre de 2014, al resolverse tres medios de impugnación presentados contra autoridades electorales mexiquenses para controvertir diversas sentencias relacionadas con la presunta realización de actos anticipados de campaña.
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