Cd. Acuña
Publicado el martes, 3 de marzo del 2015 a las 16:00
Acuña, Coah.- “De acuerdo a la norma fiscal, los cultos religiosos no están obligados a pagar impuestos de los diezmos que reciben de los feligreses”, dijo el contador público, Mario Rivera Ramírez.
Explicó que todas las iglesias deben de estar debidamente registradas ante la Secretaría de Gobernación, y así poder tener oficialmente su acta constitutiva.
Dijo que una vez que ya se tienen notariados los documentos, se tiene que acudir ante el SAT para que se inscriba como cualquier empresa, negocio o contribuyente.
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