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Publicado el martes, 31 de marzo del 2015 a las 15:00
Saltillo, Coah.- La agresión extrema contra las mujeres será considerada como “violencia feminicida”, por lo que el Estado y municipios estarán obligados a proteger a las víctimas, antes de que los hechos terminen en asesinato.
Mediante una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se establecerá que en caso de “violencia feminicida” el Gobierno del Estado deberá impartir justicia pronta, expedita e imparcial para investigar y sancionar.
Además, otorgará rehabilitación a las víctimas a través de servicio psicológico, médico y jurídico, esto sin costo alguno para la o las afectadas.
La iniciativa de la diputada Verónica Martínez García precisa que “cuando se presenten casos de violencia feminicida, el Gobierno estatal y los municipios dispondrán de las medidas para garantizar la seguridad de las mujeres y las niñas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las situaciones de desigualdad en que se encuentren”.
Para esto, integrarán un grupo interdisciplinario que investigue el fenómeno, elabore zonas de riesgo y levante indicadores de la violencia contra la mujer.
“Se entiende por violencia feminicida la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por un conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y culminar en homicidio”.
Tapan huecos legales a golpeadores en casa
Para evitar confusiones en la interpretación y aplicación del Artículo 310 del Código Penal, el ordenamiento será reformado a fin de evitar que los culpables de violencia intrafamiliar eludan el castigo.
A propuesta de José María Fraustro Siller, presidente de la Junta de Gobierno, el Pleno del Congreso del Estado aprobó modificar el artículo luego de que varios agresores no recibieron sanción porque los jueces no consideraron que había elementos para ello, aunque otros sí sentenciaban al acusado.
Es decir, aplicaron criterios diferentes en casos iguales, pues en algunas situaciones consideraron que no se actualizaba el tipo de violencia familiar, dado que no había dos o más conductas de violencia hacia la víctima.
El Artículo 310 indica en su redacción actual que castigarán con seis meses a seis años de prisión, multa y la suspensión del derecho a recibir alimentos hasta por tres años, “al que lleve a cabo conductas dirigidas a dominar, controlar, agredir física, psicológica, patrimonial o económicamente” a la pareja o ex pareja dentro o fuera del domicilio familiar.
La nueva redacción señala que se castigará “al que lleve a cabo cualquiera de las conductas…”, de manera que el juzgador no deberá acreditar varias conductas agresivas, sino que bastará una sola causal.
Con esto, se da cumplimiento a la Convención Sobre la Eliminación de la Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer de la ONU, y de la que México forma parte y el Código Penal se ajusta a lo dictado por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer.
Busca PVEM que Estado vigile y norme trasplantes
El Partido Verde Ecologista de México (PVEM) propone adicionar la fracción XXIII a la Ley de Salud para señalar como obligación del Estado “la vigilancia, establecimiento y dirección de las políticas en salud respecto de las donaciones y trasplantes de órganos, tejidos y células de seres humanos, por conducto del órgano desconcentrado denominado Centro Nacional de Trasplantes y del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea”.
Javier de Jesús Rodríguez Mendoza refirió que en Coahuila se trabaja para contar con más especialistas que brinden mejores servicios a la población, por lo que se debe incluir el tema de la donación de órganos y tejidos en la Ley de Salud.
“Un trasplante puede significar no sólo la solución de un problema médico, sino también mejorando la calidad de vida de los pacientes trasplantados y de sus familiares, un verdadero milagro de vida que permite la reinserción social plena de las personas que hayan estado vinculadas a la necesidad de un órgano o tejido para seguir viviendo”, refirió.
Por ejemplo, indicó que el servicio de diálisis a pacientes con insuficiencia renal, a la larga, es mucho más costoso que el trasplante.
El trasplante de órganos, tejidos y células se presenta como una alternativa terapéutica para aquellos pacientes con padecimientos cuya consecuencia es la insuficiencia irreversible de algún órgano o la disfunción de algún tejido. En algunos casos, es la única alternativa terapéutica para conservar o mejorar la calidad de vida.
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