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Es complicado sancionar a infractores electorales

  Por Néstor González

Publicado el miércoles, 27 de mayo del 2015 a las 14:01


Dice jurista que ni grabaciones ni denuncias por red social cuentan como pruebas

Saltillo, Coah.- A pesar de que existen dentro del Código Penal Federal 26 artículos que contienen cerca de 170 tipificaciones de delitos electorales, es difícil que las denuncias deriven en sanciones ya que la ley establece que estos delitos deben ser plenamente acreditados, admitió el titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales en Coahuila (Fepade), Horacio Cavazos Cadena.

El jurista fue invitado por el Comité de Ciudades Hermanas para hablar sobre tópicos electorales y el papel de la Fepade, donde fue cuestionado sobre las pocas sanciones que se aplican a pesar de las denuncias que se presentan.

“Integramos la investigación y determinamos si hay delito o no. Todos esos asuntos están concluidos, en el proceso pasado fueron como 13 (denuncias). Nosotros no castigamos, los castigos los imponen los jueces.

“Todas las denuncias se han investigado. No podemos nosotros perseguir delitos mientras no se den todos los elementos. Es difícil, porque hay que cumplir con todos los requisitos que establece la Constitución”.

Puso como ejemplo que el Código Penal determina sanciones de hasta tres meses de prisión a funcionarios de casilla que no se presenten en las elecciones.

“El Código Penal ya establece esa situación. Pero acuérdense de lo que decía, de la estricta tipicidad de los delitos, se establece que una de las razones sea que ponga en peligro el proceso electoral, así dice la ley. Aquel funcionario de casilla que no asiste, no pone en riesgo el proceso, entonces es difícil sancionarlo”, remarcó.

Agregó que no se pueden, por ejemplo, sancionar denuncias a través de redes sociales o llamadas telefónicas, porque no son validadas como pruebas por la ley.

“Es cuestión de pruebas (…) La ley establece formas para investigar los delitos”, indicó el funcionario.

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