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En el matrimonio no puede haber privacidad: tribunal de Roma

  Por Agencias

Publicado el viernes, 12 de agosto del 2016 a las 17:05


En el matrimonio no puede existir privacidad. Es lícito y constituye una prueba, a la hora de un proceso de divorcio

Ciudad de México.- En el matrimonio no puede existir privacidad. Es lícito y constituye una prueba, a la hora de un proceso de divorcio, que un cónyuge descargue los sms comprometedores del otro directamente desde el teléfono móvil.

Entre los cónyuges, en efecto, se produce un debilitamiento de la esfera reservada o privada. Este interesante principio está contenido en una sentencia emitida por un Tribunal de Roma, cuya juez, Cecilia Praqtesi, establece en sus motivaciones que la vida matrimonial implica una renuncia a la privacidad: «Se crea un ámbito común, en el que hay una implícita manifestación de consenso al conocimiento de los datos y comunicaciones de naturaleza incluso personal».

La sentencia precisa un caso concreto: «No puede considerarse ilícito el descubrimiento casual del contenido de mensajes, aunque sean personales, fácilmente legibles en un teléfono móvil dejado en un espacio común de la casa familiar».

La demanda de divorcio había sido presentada por el marido, con base a los datos encontrados en Facebook y en el teléfono móvil, medios en los que figuraban intercambios de mensajes de la mujer con su amante.

El Tribunal le da la razón: «Los sms en acto representan, sin sombra de duda, el diálogo de dos personas entre las que hay en curso una relación íntima; hay intercambios de afectuosidad, palabras amorosas y claras referencias a una común sexualidad, que no se pueden prestar a equívocos».

La sentencia establece que la mujer tuvo una relación adúltera, que ha llevado al Tribunal a rechazar la petición por parte de la mujer a percibir una asignación monetaria.

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