Nacional
Publicado el miércoles, 14 de diciembre del 2022 a las 19:44
Torreón.- Diversas situaciones se actualizaron al Reglamento de Movilidad Urbana de Torreón y de acuerdo a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, esto de parte del Cabildo de Torreón.
Lo anterior ocurrió en Sesión Ordinaria que se celebró este miércoles en Presidencia Municipal, se busca armonizar el documento con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a la vez que buscan evitar los accidentes relacionados con la ingesta irresponsable de alcohol y otras sustancias.
El alcalde de la ciudad, Román Alberto Cepeda, reconoció a los integrantes de todas las fracciones edilicias por su trabajo a lo largo de las sesiones transcurridas, y sobre la reforma al Reglamento de Movilidad Urbana, dijo que tiene que ver con “un tema de prevención de accidentes y de evitar la pérdida lamentable de vidas humanas en hechos de tránsito que involucra el alcohol u otras sustancias nocivas”.
“
Pedirles que podamos tener un mecanismo importante de prevención, en el que podamos colaborar todos con las campañas ‘Espérate’ y ‘No hay vuelta atrás’, que es también para evitar el uso de las drogas, sumarnos como órgano colegiado a la Iniciativa Privada en una campaña masiva… Los reglamentos están muy bien y es importante también que la gente tenga conciencia que es en beneficio de todos”, señaló el mandatario.
Las modificaciones se contemplan en los artículos 7, 41, 135 y 136 del citado ordenamiento municipal.
El artículo 7 establece los parámetros de medición respecto a la ingesta de alcohol etílico.
Se considera aliento alcohólico a la condición física y mental ocasionada por la ingesta de alcohol etílico, que se presenta en una persona cuando en la medición del alcoholímetro se arroje de 0.15 a 0.24 miligramos alcohol por litro de aire expirado o exhalado.
Estado de ebriedad incompleta, cuando en la medición del alcoholímetro se arroje 0.25 a 0.39 miligramos de alcohol por litro de aire expirado y/o exhalado.
Estado de ebriedad completa, cuando en la medición del alcoholímetro se arroje 0.40 miligramos o superior de alcohol por litro de aire expirado y/o exhalado.
El artículo 41 indica, entre otros aspectos, que los conductores de vehículos motorizados tienen prohibido ingerir bebidas embriagantes, conducir con aliento alcohólico o en estado de ebriedad, agravándose cuando un menor de edad esté a bordo del vehículo o cuando conduzca un vehículo de servicio público, de carga o de pasajeros.
Ineptitud para conducir, así como cuando sus facultades físicas o mentales se encuentren alteradas por el influjo de drogas, estupefacientes o medicamentos. De igual forma se encuentra prohibido que sus acompañantes o pasajeros ingieran bebidas alcohólicas al circular por una vialidad.
En tanto, el artículo 135 señala las infracciones que proceden ante cada situación presentada en términos de alcoholemia o enervantes, como el retiro de circulación del vehículo con el uso de grúa y su remisión al corralón oficial, además de canalizar al conductor ante el juez calificador para que, en su caso, se realice el procedimiento correspondiente.
Respecto al artículo 136, refiere a la obligación de los oficiales de tránsito en el proceder ante situaciones donde el conductor que ha cometido una infracción al reglamento muestre síntomas claros y ostensibles de encontrarse en estado de ebriedad, de ineptitud para conducir o de estar bajo el influjo de drogas y enervantes.
El dictamen provino del trabajo en conjunto de las comisiones de Gobernación y Reglamentación, así como la de Movilidad y Seguridad Vial, en donde los regidores que las integran explicaron que la reforma se realiza en virtud de atender a una situación social enfocada en la disminución de los accidentes de tránsito relacionados con bebidas alcohólicas, o bajo el influjo de drogas o enervantes, lo que trae consigo consecuencias negativas que deja también para otros ciudadanos que conducen sus vehículos con responsabilidad, sin haber ingerido algún tipo de bebidas alcohólicas o algún tipo de enervantes.
También se busca que, al momento de realizar pruebas de alcoholemia a los ciudadanos por estos motivos, se dé más claridad en el resultado, generando con esto más certidumbre, confianza y tranquilidad.
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