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| Enrique Beltrán Santés, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Almoloya de Juárez, resolvió no vincularlo a proceso. Foto: Especial

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Ordenan liberar a empresario ligado a caso Cabeza de Vaca

  Por Agencia Reforma

Publicado el miércoles, 5 de abril del 2023 a las 23:45


Enrique Beltrán Santés, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Almoloya de Juárez, resolvió no vincularlo a proceso

Ciudad de México.- Un juez federal ordenó liberar al empresario Baltazar Higinio Reséndez Cantú, al concluir que no existen pruebas de su implicación en el caso del supuesto lavado de 42.1 millones de pesos en la compra del departamento en Santa Fe de Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

Enrique Beltrán Santés, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Almoloya de Juárez, resolvió no vincularlo a proceso por los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero, porque estimó que la imputación de la Fiscalía General de la República carece de elementos, informaron funcionarios del Poder Judicial de la Federación.

Reséndez es el único de los presuntos implicados que ha sido detenido por este asunto y también es el primero que libra la imputación que aún mantiene prófugos al ex Gobernador de Tamaulipas y al empresario Juan Francisco Támez Arellano, quienes ya ganaron el amparo en primera instancia contra la orden de captura.

José de Lucas, abogado de Reséndez, señaló que a casi 24 horas de que fuera ordenada la liberación de su cliente, las autoridades del Penal del Altiplano no lo han dejado salir, razón por la que promovió un amparo contra actos de incomunicación y retención ilegal.

El Gobierno de Tamaulipas, bajo la administración de Cabeza de Vaca, adjudicó cinco contratos a las constructoras Inmobiliaria RC Tamaulipas y Barca de Reynosa, propiedad de Reséndez Cantú, por 138 millones 939 mil 168 pesos.

Según la imputación de la FGR, el constructor transfirió entre marzo y abril de 2018 una suma de 33.5 millones a Juan Francisco Támez Arellano, para una operación inmobiliaria, según lo declaró el propio Reséndez.

En 2019 la empresa T Seis Doce, de la que Támez Arellano es accionista mayoritario y representante legal, compró en 42.1 millones el departamento de García Cabeza de Vaca.

El juez Beltrán Santés ordenó liberar a Reséndez porque estimó que el dinero de esta operación tuvo un origen legal y, por tanto, no hay elementos para acreditar delito alguno.

“ El juez les llama la atención (a los fiscales de la FGR), les dice ‘oigan, tienen a una persona en la cárcel, tener dinero no es delito’, tal cual el juez se los dijo en la audiencia, que el señor haya tenido dinero y haya comprado un rancho no es delito”, dijo De Lucas.

“ El dinero con el que Tamez compró el departamento del ex Gobernador es de un préstamo de una empresa que se llama Avalúos y Peritajes del Sur. El juez dijo que si la propia Fiscalía admite que el dinero es de Avalúos y Peritajes del Sur, entonces aquí no hay ninguna triangulación de dinero. Todo el dinero es de origen lícito”.

La resolución en favor de Reséndez fue dictada en acatamiento a una sentencia del Primer Tribunal Colegiado Penal de Toluca, en un amparo concedido el pasado 23 de febrero al tamaulipeco y en el que instruye al juez de la causa reponer la audiencia para definir la situación jurídica.

El colegiado canceló la vinculación a proceso dictada el 7 de julio de 2021 por Iván Zeferín Hernández, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, porque estimó que éste modificó sin razón alguna los hechos de la imputación de la FGR, una violación al debido proceso que dejó al imputado en la incertidumbre jurídica.

El tribunal también señala que, en la sentencia de amparo de primera instancia, el juez Juan Miguel Ortiz Marmolejo no revisó esta modificación de los hechos e indebidamente sustituyó al juez de control para fundamentar los vacíos legales que dejó al dictar el procesamiento.

En particular, señala el tribunal, suplió indebidamente al juez de la causa argumentando que el delito de lavado es federal y no del fuero común, y que el caso debía llevarse en Almoloya y no de otra entidad, consideraciones que no le correspondían hacer a Ortiz.

Con base en este fallo del colegiado, los días 30 de marzo y 4 de abril se llevaron a cabo las audiencias para resolver la situación jurídica de Reséndez y ayer a las 23:00 horas el juez Beltrán Santés decidió no vincularlo a proceso.

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