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La Jornada
Publicado el martes, 23 de abril del 2024 a las 15:39
Ciudad de México .- De manera unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ayer amparar a las empresas Herdez, Nutrisa, McCormick y Del Fuerte y avaló las modificaciones a la Ley General de Salud y a la NOM 051-SCFI/SSA1-2010, que introdujeron el sistema de etiquetado frontal de advertencia nutrimental.
A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, el pleno del máximo tribunal concluyó que dicho etiquetado busca proteger los derechos a la salud, a la alimentación nutritiva, a la protección del consumidor y el interés superior del menor, además de que es el medio idóneo, apto y adecuado para ello, así como la herramienta más efectiva y rápida, para la protección de esos derechos.
El 9 de abril la SCJN confirmó su aval al etiquetado nutrimental en alimentos y bebidas prenvasadas y rechazó amparar a la empresa refresquera Desde el Corazón del Fruto, propietaria de marcas como Sangría Señorial, Chaparritas y Barrilitos.
El tribunal pleno analizó un segundo amparo que buscaba combatir la medida por supuestamente vulnerar la libertad de comercio, entre otros derechos, al obligar colocar en sus productos los sellos que advierten sobre sustancias nocivas a la salud.
Un día antes, el 8 de abril, la SCJN rechazó amparar, por unanimidad de votos, a la empresa de lácteos Santa Clara, propiedad de Femsa, contra la Norma Oficial Mexicana que regula a los productos prenvasados.
Durante la sesión del pleno, el ministro ponente Alberto Pérez Dayán argumentó que las reformas que se hicieron a la Ley General de Salud y a la Norma Oficial Mexicana no vulneran la libertad de comercio, ya que la medida no inhibe el consumo, sino que informa al consumidor.
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