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Coahuila

El constituyente permanente

Por Lizbeth Ogazón Nava

Hace 2 años

‘Las constituciones escritas no tienen valor ni son duraderas más que cuando dan expresión fiel a los factores de poder imperantes en la realidad social.’
F. Lasalle

Para la concepción conservadora a partir de las ideas de Montesquieu, el poder constituyente reside de manera inmanente en la nación que mediante imperativos jurídicos, crea la estructura de poder del Estado. Desde la perspectiva de la tendencia democrática, Rousseau sostiene que emana de la voluntad general, que no es otra cosa que el pueblo.

Este debate original entre conservadores y demócratas podemos verlo, desde luego, con los matices generados por varios siglos de evolución jurídica, en el debate sobre las 20 reformas constitucionales presentadas por nuestro Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Luego de la lucha del proletariado europeo durante el siglo XIX, se introdujeron métodos más democráticos para la función constituyente, y aún cuando los partidos políticos han limitado esta expresión popular, también han permitido institucionalizarla y encausarla.

En el texto constitucional vigente, se establece un órgano revisor específico, constituido por las dos terceras partes del Congreso de La Unión y la mayoría de las legislaturas de los estados. Reformar la Constitución no es una actividad legislativa normal.

Algunas constituciones del mundo, en forma expresa señalan prohibiciones para la reforma de algunos principios como la forma de gobierno en la Constitución francesa o la prohibición de principios jurídicos políticos de la Constitución alemana

Sin embargo, nuestro texto constitucional no establece límites a sus facultades.

Y no lo hace porque no es necesario ya que esta limitación queda establecida por la realidad política que desde 2018, ha venido cambiando al país.

La cuarta transformación representa un proyecto de nación construido a través de una revolución pacífica organizada en un movimiento que tiene por objeto desde su fundación, regenerar la vida política para poner los poderes del Estado al servicio del pueblo.

Por tanto estas 20 reformas propuestas por el titular del Ejecutivo, serán analizadas por el constituyente permanente, después de oír en parlamento abierto a todos los sectores interesados a fin de incluir en ellas todas las inquietudes propuestas de manera plural y a través de un proceso lógico y de argumentación.

Pero al final, deberán respetar la voluntad del pueblo, porque sin ella, sólo serían una hoja de papel.

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