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Magistrados electorales son irresponsables: CJEF

  Por Agencia Reforma

Publicado el viernes, 19 de julio del 2024 a las 18:19


Se hizo un llamado a los magistrados electorales, para que sus resoluciones se sustenten en pruebas y "no en suposiciones personales".

Ciudad de México.- La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) calificó de irresponsable el fallo de los magistrados de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral, en el que se acusa al Presidente Andrés Manuel López Obrador de haber incurrido en coacción del voto.

Con evidente carencia argumentativa y sin prueba alguna, la Sala Regional afirma falsamente que existe un uso indebido de programas sociales y coacción al voto por parte del titular del Poder Ejecutivo Federal”, señaló.

Los magistrados electorales omiten sustentar, con elementos objetivos, cómo es que una simple expresión se traduce en la coacción a más de 35 millones de personas que votaron a favor de continuar la transformación de nuestro País”.

La oficina jurídica de la Presidencia calificó de “pistonisos” a los magistrados Luis Espíndola Morales, Rubén Lara Patrón y Mónica Lozano Ayala, por considerar que las expresiones de López Obrador, en las mañaneras del 9 y 11 de mayo, buscaban ejercer presión sobre los electores para dirigir el voto de los electores.

La Consejería descalificó el argumento de los juzgadores, quienes advirtieron que la línea argumentativa del Mandatario condicionó la vigencia o beneficios de los programas sociales a que una determinada opción política (Morena) obtuviera el triunfo en el proceso electoral.

Esto resulta notoriamente falso. Las afirmaciones vertidas en la sentencia son tan generales y banales, que el propio magistrado Lara Patrón se apartó de los motivos expuestos al considerar que no se había realizado un estudio exhaustivo”, refirió.

En la resolución sólo se señala ‘de manera dogmática la actualización de las infracciones, sin precisar mayores argumentos y realizar un estudio pormenorizado de cada una de ellas’; no obstante, votó a favor del proyecto”.

La CJEF manifestó que, en la sentencia del 11 de julio, los magistrados no explican cuál de los programas sociales fue utilizado “de forma indebida”, de qué manera se materializó el condicionamiento a los beneficiarios y cómo se tradujo en la coacción del voto.

De ahí que resulte irresponsable que un órgano jurisdiccional, supuestamente imparcial e independiente, realice afirmaciones que no están sustentadas en pruebas y sólo se hagan acusaciones basadas en la imaginación de los juzgadores que pretende ver más allá de lo evidente”, sostuvo.

Recordó que la propia Sala Superior del TEPJF, en el expediente SUP-REP-301-2024, determinó que la emisión de expresiones que reflejen una postura política y crítica por parte del Presidente, como parte del debate público, no constituyen un llamado al voto a favor de partidos o candidatos.

Tras las críticas, la CJEF informó que presentó un recurso de revisión para que la Sala Superior del TEPJF analice nuevamente los hechos y revoque la sentencia “por carecer de los elementos mínimos de fundamentación y motivación”.

Además, hizo un llamado a los magistrados electorales, para que sus resoluciones se sustenten en pruebas yno en suposiciones personales“.

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