Saltillo Región Sureste

Publicado el miércoles, 9 de octubre del 2024 a las 03:58
General Cepeda, Coah.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el cobro de derechos por la expedición de permisos de construcción y remodelación de pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo, que pretendía hacer el Gobierno municipal encabezado por el Alcalde, Pablo Salas Aguirre.
La resolución judicial señala que anuló las disposiciones de la Ley de Ingresos del municipio cepedense, para el ejercicio fiscal 2024, porque invadía las competencias de la Federación para legislar en materias de explotación de hidrocarburos y de telecomunicaciones.
El Pleno aclaró que, si bien las disposiciones invalidadas no preveían literalmente el cobro por el otorgamiento de autorizaciones para la explotación de hidrocarburos, sí establecían un pago por otorgamiento de permisos para construcción y remodelación de pozos de extracción de hidrocarburos, los cuales se relacionan directamente con las actividades de exploración, extracción y producción de hidrocarburos, previstas en las fracciones XVl y XV del Artículo 4 de la Ley de Hidrocarburos.
Además, la Corte invalidó la fracción XVll, numerales 1 y 2, del mismo artículo 19, al determinar que resultaba inconstitucional por establecer una contribución que incidía directamente en la regulación de las redes de telecomunicaciones, lo cual es competencia exclusiva del Congreso de la Unión y del Instituto Federal de Telecomunicaciones, prevista en los artículos 73, fracción XVll y 28, párrafo décimo quinto, de la Comisión Federal.
‘Busca Pablo Salas hacerse de recurso’
El empresario Julio Slehiman afirmó que el edil, Pablo Salas Aguirre, “anda desesperado por hacerse de recursos”, pues está a dos meses y 20 días, de dejar el cargo, por lo que la Alcaldesa electa, Mayra Ramos Rodríguez, está obligada a investigar si hay desvíos de recursos y proceder legalmente ante las autoridades estatales competentes.
El arquitecto y hombre de negocios declaró esto con respecto a la invalidación de la Corte del cobro que pretendía hacer el Ayuntamiento local por la expedición de permisos de construcción y remodelación de pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo.
Unánime
Se buscó, sin éxito y por vía telefónica, al Jefe de la Comuna, Pablo Salas, para que hablara sobre esta sentencia:
La misma fue emitida por los once ministros de la Corte, el martes 8 de octubre.
De acuerdo al comunicado 325/24, se determinó que el Ayuntamiento de General Cepeda violó el artículo 73, fracciones X y XXlX, numeral 2, de la Constitución Federal.
Ello, para legislar en materia de todos los minerales y sustancias que se encuentran en mantos, vetas o yacimientos.
Entre ellos, los hidrocarburos, contemplados por el Artículo 27, cuarto párrafo, de la propia Constitución de la República.
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