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SCHP publica acuerdo para agilizar importación de mercancías para Mundial 2026

  Por La Jornada

Publicado el miércoles, 6 de agosto del 2025 a las 21:47


El acuerdo estará vigente desde este jueves y hasta el 31 de diciembre del próximo año.

Ciudad de México.– La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) emitió un acuerdo para otorgar facilidades administrativas para la importación temporal de mercancías destinadas a la Copa Mundial de la FIFA 2026, que se organizará en México, en conjunto con Estados Unidos y Canadá.

A menos de un año para el inicio de la justa deportiva, la SCHP estableció que “las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes para la aplicación y verificación de regulaciones y restricciones no arancelarias, conjuntamente, establezcan y den a conocer las facilidades administrativas en el procedimiento para acreditar su cumplimiento en la importación temporal de las mercancías destinadas a la Copa Mundial de Fútbol 2026”.

En el acuerdo interinstitucional publicado hoy, por medio de una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se indica que entre las mercancías que se contempla, están “los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes que serán destinados a usarse en la Copa Mundial de Fútbol 2026 y sus eventos relacionados”.

Y previo al despacho aduanero, en la importación temporal de dichas mercancías, las personas autorizadas “podrán acreditar el cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelarias correspondientes, mediante una manifestación por escrito libre ante las autoridades aduaneras”.

No obstante, se aclara que este acuerdo “no exime a las personas autorizadas de cumplir con las obligaciones, condiciones y calidad de las mercancías de conformidad con el acuerdo o decreto en el que se establezca la regulación y restricción no arancelaria para su introducción al territorio nacional, y que se acrediten en los términos del presente Acuerdo Interinstitucional”.

Por tanto, “serán responsables, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, cuando las mercancías no reúnan las características y requisitos necesarios para su importación temporal, y para salvaguardar la salud pública, seguridad, fitozoosanidad y ecología, de conformidad con la legislación en la materia”.

 

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