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| El Departamento del Tesoro aseguró que CIBanco permitía operaciones del crimen organizado. Crédito: AFP

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Dicta Jueza liquidación de CIBanco

  Por Agencia Reforma

Publicado el miércoles, 13 de mayo del 2026 a las 00:22


Una Jueza federal declaró oficialmente la liquidación de CIBanco, que cesó operaciones en octubre de 2025

Ciudad de México.- Una Jueza federal declaró oficialmente la liquidación de CIBanco, que cesó operaciones en octubre de 2025, luego de que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos lo señaló por permitir transacciones de la delincuencia.

Virginia Gutiérrez Cisnero, Jueza Décimo Segunda de Distrito en Materia Civil, ordenó el inicio de la liquidación judicial, que es un procedimiento similar a una quiebra, pero regido por normas especiales de la Ley de Instituciones de Crédito (LIOC).

La liquidación judicial fue solicitada el 31 de marzo por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), que por ley fue designado como liquidador, figura equivalente a la de un síndico en la quiebra de una empresa no del sector financiero.

La Jueza declaró la liquidación el 15 de abril, pero hizo aclaraciones a su sentencia el 23 de abril. El fallo fue notificado hoy en el Diario Oficial de la Federación.
CIBanco ya estaba en liquidación administrativa desde que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) le revocó la autorización para operar, el pasado 9 de octubre, pero la liquidación judicialsimilar a un concurso mercantilse volvió necesaria al no contar con activos suficientes para pagar sus deudas.

“Analizado el cúmulo de documentos aportados por el Instituto promovente, se concluye que se encuentran las condiciones de declarar la liquidación judicial de CIBanco, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, en liquidación, dado la insuficiencia de sus activos para cubrir sus pasivos”, resolvió Gutiérrez.

“Se ordena al liquidador judicial que, en su oportunidad, proceda al reconocimiento de créditos”, agregó. La sentencia final de reconocimiento de acreedores deberá ser dictada por la Jueza, con base en la lista que presente el IPAB.

Ya con esta sentencia, iniciará el proceso de usar los activos que le quedan al banco para saldar deudas con el mayor número posible de acreedores. Dicho proceso puede prolongarse durante años.

Los trabajadores del banco tendrán prioridad para cobrar, sólo por debajo de los créditos con garantía real. También quedarán en la lista de acreedores los depositantes que tenían cuentas con fondos superiores al monto cubierto por el seguro de ahorradores del IPAB, que ya pagó 4 mil 51 millones de pesos al 89 por ciento de los clientes, o quienes tenían inversiones de riesgo no cubiertas por dicho seguro.

La Jueza también dictó medidas precautorias para impedir nuevos embargos sobre bienes de CIBanco, y prohibió a sus deudores hacer pagos sin conocimiento previo del IPAB.

En un informe reciente del primer trimestre de 2026, el IPAB informó que el banco enfrenta demandas de acreedores por mil 851 millones de pesos y 7.2 millones de dólares, y que tiene unos 5 millones de dólares en cuentas en el extranjero, que podrán ser utilizados para la liquidación.

El IPAB también ha convocado a múltiples subastas para vender carteras de créditos, derechos de arrendatario, sucursales y bienes muebles e inmuebles de CIBanco. Ahora, todos estos procesos y el uso de los recursos que se obtengan, serán supervisados por la Jueza.
¿Cómo cobrarán?

Este es el orden de prelación de acreedores para cobro a CIBanco:

– Créditos con garantía real

– Deudas laborales y fiscales

– Créditos con algún privilegio especial

– Pago de seguro a ahorradores, de haber alguno pendiente (tope: 3.5 millones de pesos)

– Otros créditos sin garantía ni privilegio legal
– Accionistas del banco

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