Cd. Acuña
Publicado el lunes, 7 de marzo del 2011 a las 16:00
Acuña, Coah.- A pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de la Nación determinó sobre el monto máximo de la prima de antigüedad al término de la relación laboral por renuncia, en Coahuila se sigue aplicando lo que establece la ley laboral actual, porque la nueva ley está totalmente confusa, dijo la procuradora del Trabajo en esta ciudad, Laura Marcela Cano Torralva.
Expresó que por las contradicciones de la tesis entre los tribunales colegiados de circuito y lo confuso de la nueva ley, esto ha obligado a las Procuradurías del Trabajo en el estado a tener que fundamentar de acuerdo a la ley actual.
Y para poder determinar en base al fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dijo que es necesario que la nueva ley sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Expresó que los cálculos para el pago de la prima de antigüedad se establecen de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT) vigente.
Cabe hacer mención que la Suprema Corte determinó que la prima de antigüedad tendrá como máximo el doble del salario mínimo general vigente a la fecha del término de la relación laboral por renuncia, muerte, incapacidad o jubilación.
La determinación explica que el monto de la prima no puede ser inferior a un salario mínimo, porque este es un beneficio para los trabajadores con cargo al patrón por el simple transcurso del tiempo por prestar un servicio a una empresa.
En cuanto a la ley actual, la procuradora del Trabajo explicó que se establece que únicamente se tiene que pagar la prima de antigüedad a todo aquel trabajador que tiene más de 15 años de trabajar en una empresa y este beneficio no se entrega a quienes tengan de uno a 14 años trabajando.
En cuanto al monto, dijo que el salario no debe de rebasar los 113 pesos, y en caso de que se exceda del tope entraría de acuerdo a la nueva ley.
Lo anterior es porque aún existe mucha confusión en cuanto al nuevo monto del pago de la prima de antigüedad.
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