Nacional

Publicado el sábado, 7 de mayo del 2022 a las 07:58
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza un pronunciamiento contra las corridas de toros y las peleas de gallos; además, prepara un proyecto que prácticamente despenaliza la posesión de mariguana para autoconsumo.
El ministro Juan Luis González Alcántara, propuso a la Primera Sala declarar inconstitucional una porción del Artículo 478 de la Ley General de Salud, que solo permite la posesión de menos de 5 gramos de mariguana para consumo personal, pero castiga con hasta tres años de cárcel si excede esa cantidad.
De ser aprobado el proyecto, la Corte devolverá a fiscales y jueces la facultad de aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad. De ser este el caso, la persona no podrá ser acusada penalmente.
En junio de 2021, el Pleno de la Corte eliminó los artículos de la ley que prohibían absolutamente el consumo de cannabis, pero esa declaratoria general solo obliga a que la Secretaría de Salud expida permisos a los interesados, y no tuvo efectos en el ámbito penal ni protege a quienes no tengan dichos permisos.
La intervención del Estado en la posesión de cannabis para uso personal es una interferencia arbitraria en la dignidad, vida privada y autonomía de la persona, dice el proyecto.
‘Fiesta’ brava
La Segunda Sala de la Corte discutirá el 25 de mayo un proyecto que invalida un decreto emitido en Nayarit en 2019, por el cual se declaró que la fiesta taurina y las peleas de gallos son un patrimonio cultural inmaterial de ese estado.
El decreto fue impugnado por una asociación civil defensora del medio ambiente, que afirma que estas prácticas no pueden ser protegidas, pues se maltrata y causa la muerte a los animales.
El ministro Alberto Pérez Dayán propuso a sus colegas conceder el amparo, en un proyecto que concluye que la muerte del toro en el ruedo es contraria a la Norma Oficial Mexicana que establece los métodos para sacrificar al ganado y otros animales, y prohíbe procedimientos que les causen sufrimiento o prolonguen su agonía.
Si el amparo es concedido, su único efecto será invalidar el decreto de Nayarit, pero la sentencia sería un precedente en el cual la Corte ya estaría adelantando su aprobación a las prohibiciones que se puedan ir imponiendo en los estados.
Pérez Dayan propuso a sus colegas conceder el amparo, en un proyecto que concluye que el maltrato a gallos y toros de lidia atenta contra la dignidad humana y es incompatible con el derecho a un medio ambiente sano.
“ Si los derechos humanos pretenden preservar la dignidad de la persona, fuerza es no sólo velar por la protección del hombre contra conductas indignas realizadas por autoridades o particulares, sino el deber también de velar porque el hombre no atente contra su propia dignidad y humanidad en el desarrollo de su relación y tratamiento con las especies animales sintientes, capaces de experimentar miedo, dolor y sufrimiento”, afirma.
Más sobre esta sección Más en Nacional
Hace 3 horas
Hace 3 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 5 horas
Hace 7 horas
Hace 8 horas
Hace 8 horas
Hace 8 horas
Hace 9 horas
Hace 10 horas