Cd. De México

Publicado el miércoles, 29 de marzo del 2023 a las 19:10
Ciudad de México.– Si se comete un acto de discriminación en un establecimiento de impacto zonal (bar, cantina, centro nocturno, centro de apuestas o discoteca), el establecimiento podría pagar una multa de entre 25 mil 935 pesos y dos millones 593 mil pesos, aprobó ayer el Congreso de la Ciudad de México.
Se trata de una reforma a las leyes del Instituto de Verificación Administrativa y la de Establecimientos Mercantiles, que busca eliminar los actos de discriminación al interior de los establecimientos mercantiles, como los denunciados en agosto del año pasado en el restaurante Sonora Grill.
Las denuncias que se hicieron en Twitter exponían que en ese restaurante a los comensales se les coloca en áreas diferentes, dependiendo del color de su piel.
En la reforma aprobada ayer quedó establecido que si el acto de discriminación se comete en un establecimiento de impacto vecinal, categoría en la que entran restaurantes, salones de fiestas, establecimientos de hospedaje, clubes privados, salas de cine, teatros y auditorios, la multa puede ir de los 15 mil 561 pesos a un millón 556 mil 100 pesos.
Si ocurre en un establecimiento de bajo impacto, como son las tiendas de abarrotes, cafeterías, talleres mecánicos, papelerías, estacionamientos, estéticas, fondas u hospitales, la sanción sería de entre 13 mil 071 pesos y 51 mil 870 pesos.
Al presentar el dictamen ante el pleno, la diputada Elizabeth Mateos, de la Asociación Parlamentaria Mujeres Demócratas, expresó que la nueva legislación implicará que el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación (Copred) podrá calificar la existencia de un acto de discriminación al interior de un establecimiento mediante una opinión jurídica.
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