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Publicado el miércoles, 18 de marzo del 2026 a las 13:56
Lausana.- El árbitro del TAS, Raymond Hack, afirma que es probable que el tribunal falle a favor de Senegal en la apelación final de la Copa Africana de Naciones.
El árbitro del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), Raymond Hack, ha declarado que espera que el tribunal falle a favor de Senegal en su apelación contra el veredicto de la Junta de Apelación de la Confederación Africana de Fútbol (CAF), que les despojó del título de la Copa Africana de Naciones (AFCON).
La CAF emitió un comunicado el martes por la noche en el que afirmaba que su Junta de Apelaciones había anulado la victoria de Senegal por 1-0 sobre Marruecos en la final de la Copa Africana de Naciones (AFCON) disputada en enero, debido al abandono del campo por parte de los senegaleses en protesta por las decisiones arbitrales. Sadio Mané finalmente llamó a sus compañeros de vuelta al terreno de juego y el partido continuó, con Senegal imponiéndose en la prórroga gracias a un gol de Pape Gueye.
Hack declaró a ESPN que, debido a que Marruecos no presentó una protesta antes de que terminara el partido y a que el árbitro Jean-Jacques Ndala dejó que el juego continuara en lugar de detenerlo, no había fundamento para que la Junta de Apelaciones fallara a favor de Marruecos.
Hack declaró a ESPN cuando se le preguntó si la Junta de Apelaciones tenía alguna base legítima para revocar el resultado final: “No, en absoluto, porque el árbitro es quien toma la decisión final sobre el partido y, cuando pita el final del partido, es cuando termina el partido.
Sí, el equipo salió del campo, pero volvió a entrar, al igual que Marruecos. Cuando Marruecos entró, nadie dijo: ‘Jugamos tiempo extra bajo protesta’ ni nada por el estilo. Jugaron los 30 minutos, los 15 de cada tiempo”.
“Si hubieran dicho: ‘Jugaremos la prórroga bajo protesta’, tal vez habrían conseguido algo”.
El veterano directivo, que anteriormente fue director ejecutivo de la Asociación Sudafricana de Fútbol (SAFA) y miembro del Comité Disciplinario de la FIFA, cree que es probable que el TAS siga el precedente que sentó al otorgar el título de la Liga de Campeones de la CAF al Espérance de Tunis.
En ese caso, el tribunal falló en contra de la decisión del comité ejecutivo de la CAF de que se repitiera el partido de vuelta después de que el Wydad abandonara el campo por un gol anulado debido a fallos en la tecnología VAR.
Hack añadió: “En mi opinión, no creo que el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ratifique la decisión de la Junta de Apelación, ya que existe un precedente. En 2019, el Wydad se encontró en una situación similar en un campeonato de clubes de la CAF, donde el TAS dictaminó que la decisión del árbitro era definitiva. Solo un árbitro puede dar por terminado un partido. Pase lo que pase, solo el árbitro puede finalizarlo”.
Hack opinó además que la Junta de Apelaciones de la CAF había aplicado incorrectamente el artículo 84 del reglamento del torneo al otorgar la victoria a Marruecos por 3-0. Argumentó que su aplicación correcta solo se aplicaría a los equipos que infringieran los artículos 82 y 83, y no solo a uno de ellos.
El artículo 82 establece: “Si, por cualquier motivo, un equipo se retira de la competición, no se presenta a un partido, se niega a jugar o abandona el terreno de juego antes de la finalización reglamentaria del encuentro sin la autorización del árbitro, se considerará perdedor y quedará eliminado definitivamente de la presente competición. Lo mismo se aplicará a los equipos previamente descalificados por decisión de la CAF”.
Según Hack, Senegal podría haber sido justificadamente considerado culpable de infringir este artículo, pero no infringió el artículo 83, que establece: “Un equipo que no esté presente en el terreno de juego, vestido para jugar a la hora fijada para el saque inicial o como máximo 15 minutos después, perderá el partido”.
“El árbitro deberá dejar constancia de la ausencia del equipo y anotarla en su informe. El Comité Organizador tomará la decisión final al respecto”.
Hack explicó: “Dicen que se basa en el artículo 84; bueno, el 84 es muy claro. Dice que un equipo que contravenga las disposiciones de los artículos 82 y 83 será eliminado. No dice que [se aplique a un equipo que] contravenga las disposiciones del artículo 82 o del artículo 83”.
“Dice que ambos, y ciertamente nunca contravinieron lo dispuesto en el artículo 83. En mi opinión, no creo que Marruecos vaya a ser declarado ganador”.
Hack añadió que, hasta que el TAS emita un veredicto, lo que prevé que tardará al menos seis meses, Senegal no tendrá que renunciar a sus medallas de la Copa Africana de Naciones ni al premio en metálico.
Dijo: “Eso (la devolución del premio en metálico) no se aplicará en esta etapa porque nada pasará hasta que el asunto sea finalmente arbitrado por el Tribunal de Arbitraje. No se puede ir y pedirles a los jugadores: “Por favor, devuelvan las medallas; por favor, devuelvan el premio en metálico ahora”, y existe la posibilidad de que el Tribunal de Arbitraje cambie de opinión y diga: “Devuélvanlo”.
“Este asunto tardará otros seis meses en resolverse, pero lo único que consigue es empañar la imagen del fútbol africano, algo que obviamente nunca debería ocurrir”.
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