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| AMLO violó el secreto fiscal al exhibir a Carlos Loret, pues al ser superior del SAT debe guardar datos de contribuyentes | Foto: Agencias.

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Aseguran que violó AMLO secreto fiscal al exhibir a Carlos Loret de Mola

  Por Agencia Reforma

Publicado el viernes, 11 de febrero del 2022 a las 20:02


AMLO violó el secreto fiscal al exhibir a Carlos Loret, pues al ser superior del SAT debe guardar datos de contribuyentes, señalan expertos

Ciudad de México.- Al exhibir los presuntos ingresos del periodista Carlos Loret de Mola, el Presidente Andrés Manuel López Obrador violó el secreto fiscal, que obliga a los funcionarios a guardar secrecía sobre información de los contribuyentes del País, aseguraron fiscalistas.

En la conferencia mañanera de este viernes, el Mandatario exhibió una diapositiva con los supuestos ingresos de Loret durante el año pasado, los cuales ascenderían a 35 millones 200 mil pesos, provenientes de al menos cinco empresas distintas.

El artículo 69 del Código Fiscal señala que los funcionarios que intervengan en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias están obligados a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros relacionados con ellos, salvo en determinados casos, como procesos penales.

“ El Presidente al ser funcionario público, superior jerárquico de la jefa del SAT (Raquel Buenrostro), me parece que también está obligado a guardar el secreto fiscal. Es correcto afirmar que él violó el secreto fiscal”, aseveró Óscar Márquez, fiscalista y socio del despacho Calvo Nicolau y Márquez Cristerna.

Aunque el Presidente sostuvo que “la gente le ayuda” y le hizo llegar la información, expuso presuntos ingresos del periodista provenientes del pago de diferentes empresas y no sólo de una, lo que lleva a pensar que la información procede del SAT, señaló Diego Cuevas, socio de GLZ Abogados, especialista en consultoría y litigio fiscal.

“ Si fuera una sola empresa, podría llegar a pensarse que fue la que entregó esa información, pero aquí hablamos de empresas independientes, entonces, todo indica que en caso de que la información fuera verídica, se obtuvo a través del SAT y, de ser así, hay una violación al artículo 69″, dijo.

Para el especialista, el Presidente sí violó el secreto fiscal porque es el superior jerárquico de cualquier funcionario del SAT y puede darle instrucciones a cualquiera de ellos, como solicitar información de un contribuyente.

“ (Además), el Presidente guarda una responsabilidad porque (el artículo 69 del Código) dice que está obligado a la secrecía el personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la recaudación tributaria y finalmente, el Presidente representa a la Administración pública, entonces, tiene un grado de responsabilidad porque la recaudación está bajo su mando”, dijo.

Otro fiscalista y abogado, quien pidió que no se mencionara su nombre, describió que todo funcionario que accede a la información es que el tiene la obligación de la secrecía y si la viola, comete un delito.

Sin embargo, si otro funcionario le pide la información o lo incita a revelarla, como pudo ocurrir en este caso, a ese otro funcionario se le llama instigador y también es penalmente responsable.

“ Y el Presidente aunque sea el Presidente, al final del día es un funcionario público y al no guardar esa secrecía, está incurriendo en una actividad ilícita por revelar información de un contribuyente por una razón distinta al mandato judicial”, señaló

Márquez añadió que este delito se castiga con una pena que va de 1 a 6 años de prisión; sin embargo, el Presidente tiene fuero, por lo que no podría ser sancionado.

Asimismo, resaltó que también se violó la protección de datos personales, porque los ingresos son considerados como tales, por lo que el Mandatario no debió exhibir los del periodista.

“ Se está divulgando información personal, eso es una violación a una ley (como la de Protección de Datos Personales) o a varias”, declaró.

La Constitución de México establece, en el artículo 16, que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, incluidos sus ingresos.

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