Nacional

Publicado el jueves, 31 de marzo del 2011 a las 09:50
México.- Los senadores avanzaron en una reforma a Ley General de Salud para obligar a los hospitales privados a brindar atención médica de emergencia, incluso, cuando ni el paciente ni sus familiares tengan tarjeta de crédito o dinero.
A los médicos que se nieguen a dar el servicio y pongan en riesgo la vida del enfermo serán inhabilitados por dos años, pisarán la cárcel de seis meses y hasta cinco años o, en el mejor de los casos, con una multa de 8 mil pesos al cálculo del salario mínimo actual en la ciudad de México.
Pero si el paciente muere por falta de intervención inicial entonces el médico quedará sin licencia para ejercer su profesión.
De esta manera, los integrantes de la Comisión de Salud llevarán al Pleno mañana la reforma al artículo 55 de esta ley, para establecer que el hospital público o privado dará la primera atención para estabilizar los signos vitales aún de la persona que no cuente con dinero para esa intervención o no sea derechohabiente.
“Luego de que el establecimiento privado haya prestado los servicios (…) trasladará a la persona a un servicio público de salud”, argumenta el proyecto.
Específica que si el paciente no es beneficiario de algún servicio de salud público, la institución privada deberá atenderlo y “examinará” el cobro de todos los servicios “hasta su recuperación”. Y establece que el enfermo solamente podrá ser transferido cuando su condición se lo permita.
En el proyecto de dictamen, define qué padecimiento será considerador urgente atención: “todo problema médico -quirúrgico no agudo, que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y que requiera atención inmediata”.
Si el Pleno senatorial aprueba mañana este dictamen, el documento será enviado a la Cámara de Diputados para su ratificación o modificación.
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