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Bloquea Alcalde señales móviles

  Por Arturo Estrada

Publicado el viernes, 4 de abril del 2014 a las 11:00


Edil impide comunicación con el exterior durante las sesiones de Cabildo

Saltillo, Coah.- Por incomunicar a regidores, personal municipal, público en general y hasta al director de la Policía Municipal por espacio de tres horas y media, el alcalde Isidro López Villarreal podría hacerse acreedor a una multa de hasta 2.5 millones de pesos.

Aunque el jefe de la comuna aseguró públicamente que fue un acuerdo entre regidores aplicar un inhibidor de señales móviles durante las sesiones de Cabildo, para evitar que se estuviera tuiteando o chateando, el munícipe presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Abraham Tobías Hernández, señaló que eso es una mentira, pues a ninguno de los siete ediles de oposición se tomó en cuenta para aplicar esa acción arbitraria.

“Imagínate que hubiera una emergencia, el jefe de la Policía, el mayor Clemente Yáñez, ni se entera por estar incomunicado, o si se necesita informar de lo que sucede en plena sesión mediante las redes sociales o por los medios de comunicación presentes; esto fue una medida arbitraria”, señaló.

Y por si fuera poco, la adquisición de este equipo se mantuvo en secreto, es decir, otra vez no hubo licitación, siendo que este tipo de aparatos como puede costar desde 4 mil pesos, hasta el millón 300 mil pesos, dependiendo del modelo.

El Artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones advierte que se sancionará con multa de 4 mil a 40 mil días de salarios mínimos (de 255 mil a 2 millones 550 mil 800 pesos) “por interrumpir, sin causa justificada o sin autorización de la Secretaría, la prestación total de servicios”. 

MEDIDA FASCISTA

La única dispensa la incluye la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que permite bloquear señales en instalaciones por situaciones de carácter estratégico, lo que no aplica en una sesión de Cabildo por ser de carácter público.

El Artículo 7, en su fracción 14, la Ley de Telecomunicaciones advierte que es atribución de la SCT “prestar asesoría a las autoridades competentes para la instalación y operación de equipos que permitan bloquear o anular de manera permanente las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de transmisión de datos o imagen dentro del perímetro de centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación”.

 “Al menos que el Cabildo sea una prisión o algo parecido, no hay motivos que respalden la medida fascista tomada por el Alcalde y su gente”, agregó el regidor.

» La Ley Federal de Telecomunicaciones indica en su Artículo 10 que el uso de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico es libre, y pueden ser utilizadas por el público en general.

» El Artículo 71 estipula las infracciones, en su inciso B, advierte que se sancionará con multa de 4 mil a 40 mil días de salario mínimo (de 255 mil a 2 millones 550 mil 800 pesos) por “interrumpir, sin causa justificada o sin autorización de la Secretaría, la prestación total de servicios”.

» Sólo se permiten bloquear las señales en el perímetro de centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación.

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